Hermanas son sentenciadas a 12 años de cárcel por trata de personas 

A casi tres años de la intervención realizada por personal de la comisaría de Huánuco, el Juzgado Penal Colegiado Permanente condenó a las hermanas Edilberta Liz (38) y Rosalina (35) Santamaría Rivera por el delito de trata de personas agravada. La sentencia a 12 años de cárcel es para a cada una de las acusadas.

Según la acusación realizada por la Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas, el 9 de setiembre del 2023, policías de la comisaría de Huánuco que ejecutaban un operativo, ingresaron al inmueble ubicado en el pasaje San Martin n° 127, donde vivía Edilberta. Ya en el Interior, los agentes observaron varias mesas, dónde estaban parroquianos acompañados de mujeres.

Al identificar a cada una de las demás de compañía, descubrieron que dos eran menores de edad. Una de 17 y otra de 15 años, pero ambas eran natural del distrito de Molino en la provincia de Pachitea.

Ante un caso de trata de personas, Edilberta Liz Santamaría fue detenida y trasladada a la sede policial a dónde también fueron llevadas ambas menores. En su entrevista única en Cámara Gesell, la menor de 15 años, contó que estaba trabajando en el lugar desde hace dos meses dese las 8:00 de la mañana hasta las 11:00 de la noche.

Dijo, que las hermanas a quienes conocía como ‘Yuli’ (Edilberta) y ‘Mamish o tía Rusha» (Rosalina) sabían sobre su minoría de edad y pese a ello le pagaban 30 soles por cada caja de cerveza que vendía. Incluso «Yuli» aprovechando que su hermana no estaba en casa para evitar que las menores huyan, en las noches las dejaba encerradas con candado.

Por su parte la menor de 17 años, dijo que llegó a la casa de su tía «Rusha» el 8 de setiembre para cuidar a un niño, pero luego le dijeron que podía ir al bar a trabajar acompañando a las personas que acudían al bar y por cuál ganaría 2.50 soles por cada botella de cerveza que consumían los asistentes al local.

En el caso de la menor de 15 años, las hermanas Edilberta y Rosalina conocían su edad, su estado de vulnerabilidad, esto porque no tenía familia en la ciudad de Huánuco y su economía era precaria, porque sus padres eran pobres y lo poco que la menor ganaba enviaba a sus seres queridos, por lo que la fiscalía consideró que en este caso existía la captación, acogida, recepción, promoción, facilitación y explotación.

Ambas fueron enviadas a prisión, pero al cumplir los meses requeridos por el Ministerio Público salieron en libertad para cumplir reglas de conducta. Tras la emisión del fallo, la ejecución de la sentencia fue suspendida hasta que la Sala Penal resuelva el recurso de apelación presentada por la defensa técnica de las hermanas Santamaría Rivera.

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