Servir inicia supervisión especial al Gobierno Regional de Huánuco

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), mediante el Oficio N° 005464-2023-Servir-GDSRH, de fecha 6 de julio de 2023, ha notificado a Milton Soto Soto, gerente general del Gobierno Regional de Huánuco, sobre el inicio de una acción de supervisión especial ante la solicitud presentada por la Secretaría del Consejo Regional.

Califica de conducta omisiva la que habría incurrido la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Gobierno Regional, por no haber entregado la documentación requerida por la Comisión Especial del Consejo Regional encargada de la revisión del legajo de los funcionarios designados en la actual gestión.

En el documento otorgan cinco días para que remita a la plataforma digital de Servir, un listado de documentos. El plazo se computa desde el día siguiente de la recepción del oficio referido, que puede ser ampliado por un plazo similar, previa solicitud. Vencida la fecha, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de Servir, se encuentra habilitada para emitir el informe de resultados que contiene las conclusiones de la acción de supervisión, sobre la base de la documentación que obra en el expediente.

Los supervisados.

En el Anexo I del oficio señala el listado de servidores y cargos a ser objetos de la supervisión, que son los siguientes: Daniel Enrique Hidalgo Ledesma, gerente de Infraestructura; Tito Josip Jaime Hidalgo, gerente de Desarrollo Económico; Jorge Raúl Oyarce Estrella, gerente de Asesoría Legal; Edwing Edy Mendoza Vélez de Villa, gerente de Administración.

También, Yuliana Herrera Rengifo, directora de Gestión de Recursos Humanos; Hugo Manuel Taípe García, director de la Oficina de Logística y Servicios Auxiliares; Luzmila Illatopa Marrujo, directora de la Oficina de Contabilidad; y David Caqui Acosta, subgerente de Estudios de Preinversión, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

Estos funcionarios se habrían encontrado en funciones a la fecha de emisión del Oficio N° 002-2023-GRH del 27 de enero de 2023, mediante el cual el presidente de la Comisión Especial solicitó a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos los informes de cumplimiento de perfil de puesto emitidos por la mencionada oficina.

Documentos requeridos

En el Oficio N° 005464, le requiere al gerente del Gobierno Regional de Huánuco, para que remita los siguientes documentos: Copia del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro de Asignación de Personal – CAP o Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP-P, Manual de Organización y Funciones – MOF, el Clasificador de Cargos o Manual de Clasificador de Cargos y/o Manual de Perfiles de Puesto – MPP, según corresponda. Todos los instrumentos de gestión indicados, deben ser aquellos que estuvieron vigentes a la fecha de designación de los/as servidores/as indicados/as en el Anexo I.

También copia de las resoluciones u otros documentos en los que conste la designación de los servidores en los cargos señalados en el Anexo I; legajo digitalizado, legible y foliado (en un solo archivo PDF) de cada servidor indicados en el Anexo I; formato: “Evaluación de Cumplimiento de Requisitos para el Cargo/Puesto”10, debidamente

llenado y visado o suscrito por el/la jefe/a o quien haga sus veces de la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, y debe ser presentado en versión PDF, respecto de cada servidor indicado en el Anexo I.

Asimismo, pide un informe detallado y documentado, en el que sustente el criterio utilizado y el análisis efectuado por la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, para la validación de la experiencia específica por el componente “función o materia”, según lo que consigne en el Formato: “Evaluación de Cumplimiento de Requisitos para el Cargo/Puesto” (solicitado en el anterior literal)11, respecto de los/as servidores/as indicados/as en el Anexo I, a quienes les sea de aplicación el cumplimiento de la experiencia específica por el componente función o materia.

De ser el caso que los servidores indicados en el Anexo I del presente oficio ejercieron el cargo señalado en dicho anexo…deberá remitir copia del informe o documento que acrediten que la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, cumplió con realizar la verificación correspondiente respecto de dichos cargos, según lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 3141912.

De ser el caso que los servidores indicados en el Anexo I del presente oficio fueron designados en los cargos señalados en dicho anexo, a partir de la vigencia del Reglamento de la Ley N° 31419 (esto es, desde el 19 de mayo de 2022), deberá remitir copia del/os informe/s de cumplimiento emitidos por la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, que acrediten el cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 3141913.

Consejo Regional

Asimismo, mediante el Oficio N° 005530-2023-SERVIR-GDSRH, de fecha 11 de julio, Servir le informa al Consejo Regional, del inicio de esta supervisión y que al culminar el proceso emitirá sus conclusiones del cumplimiento o no de las normas vinculadas con las designaciones, en caso que corresponda otorgará al Gorehco un plazo para implementar las recomendaciones y/o medidas correctivas a las que hubiere lugar.

 ALGO MAS

Servir toma como referencia también la publicación del 30 de mayo 2023 efectuada por Tu Diario sobre la omisión en la entrega de los documentos solicitados por el Consejo Regional de Huánuco.

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