EDITORIAL: Como Pilatos

Con cuatro votos sobre tres, el pleno del Tribunal Constitucional decidió no delimitar las interpretaciones de la “incapacidad moral permanente” como causal para destituir a un jefe de Estado. La demanda competencial fue interpuesta por el Ejecutivo en el gobierno de Martín Vizcarra, cuando por m mayoría el Congreso de la República admitió el primer fallido pedido de vacancia en su contra, con dicho argumento.

La improcedencia de la demanda no significa que hayan declarado constitucional el procedimiento utilizado en una segunda vez por el Legislativo (el mismo argumento) para vacar finalmente a Vizcarra; sino que los magistrados por mayoría han decidido no evaluar el fondo del caso porque Vizcarra Cornejo ya fue destituido.

Es decir, se lavaron las manos como Poncio Pilato. Debieron definir con precisión el concepto de “incapacidad moral permanente” a fin de evitar a futuro eventuales distorsiones que afecten el orden político y social del país como acaba de ocurrir incluso con muertes y heridos; pero no lo hicieron, prácticamente han renunciado a su labor de interpretar la Constitución; y dejaron la duda para segur permitiendo que los legisladores puedan seguir dando ese calificativo de acuerdo a sus opiniones.

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La misma presidenta del TC, Marianella Ledesma, ponente del caso y uno de los tres que votaron para que la demanda sea declarada procedente a fin de regular la causal y generar un procedimiento con garantías para impedir futuras crisis; consideró que el máximo organismo constitucional ha perdido una importante oportunidad de corregir una deficiencia del texto que puede llevar a la situación vivida recientemente.

Habrá que esperar una nueva coyuntura similar o que el Congreso haga una reforma constitucional para acabar con esa duda si fue correcta o no la vacancia presidencial por “incapacidad moral permanente”.

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