Bienes municipales
Los bienes municipales, están constituidos por los bienes de dominio privado (muebles e inmuebles) de la municipalidad y los de dominio público (infraestructura pública).
Son bienes de las Municipalidades:
Muebles; e inmuebles destinados a la prestación de servicios públicos, Los edificios municipales y sus instalaciones y, en general, todos los bienes adquiridos, construidos y / o sostenidos por la Municipalidad; Los terrenos eriazos, abandonados y ribereños que le transfiera el gobierno nacional; Los aportes provenientes de habilitaciones urbanas; los legados o donaciones que reciban.
Todos los bienes municipales son registrados en el Margesí de Bienes que crea la propia municipalidad para efectuar un mejor control de la situación de sus bienes.
Margesí de bienes.- Es el registro actualizado de bienes de propiedad municipal y se encuentra bajo responsabilidad del Alcalde, el gerente municipal y del funcionario designado para tal fin.
Inscripción de bienes municipales.- Los bienes inmuebles de las Municipalidades deben ser inscritos en los registros públicos, a petición del alcalde y por decisión tomada en sesión de concejo.
Las municipalidades están facultadas a efectuar transferencias de los bienes municipales, sujetándose a la normatividad respectiva.
Disposición de bienes municipales.- Los bienes municipales pueden ser transferidos, vendidos, donados, concesionados en uso o explotación, o arrendados, siempre que medie acuerdo de Concejo.
Cualquier transferencia de propiedad o concesión debe hacerse por medio de subasta pública y con conocimiento de la Contraloría General de la República.
En el caso de que el valor de una donación de inmuebles sobrepase el 20% del patrimonio inmobiliario de la Municipalidad, la Ley obliga a convocar una consulta popular.
Es importante recalcar que ninguna autoridad, funcionario o trabajador municipal puede contratar, rematar obras o servicios municipales.
Las normas que los sustentan son: Ley 30225, el Decreto Supremo 350-2015-EF, Ley N° 29151 Ley General del Sistema de Bienes Estatales, Reglamento de la Ley N° 29151 Ley General del Sistema de Bienes Estatales, Decreto Supremo N° 130-2001-EF Saneamiento de Bienes Inmuebles.(MAD)