Juzgado dispone juicio oral para 26 acusados en caso parque Puelles

Luego de haberse oralizado el requerimiento de acusación formulado por el fiscal anticorrupción Virgilio Iván Carrión Cabrera, realizados el control y declarado saneada la acusación fiscal; el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria a cargo de Elmer Contreras Campos, ordenó la remisión del auto de enjuiciamiento del caso del parque Puelles, para inicio de juicio oral.

En este caso están involucrados 26 personas encabezadas por el exalcalde de Huánuco, Jesús Giles Alipázaga, como presuntos autores de la comisión de los delitos de negociación incompatible y aprovechamiento indebido del cargo, al entregar en cesión de uso el referido parque por 70 años a la empresa Urbi Propiedades S.A. para la construcción de lo que es ahora Real Plaza.

El juicio oral que aún no tiene fecha de inicio será llevado por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente Supraprovincial de Huánuco Especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios a cargo de Luis Pasquel Paredes.

Pena y reparación

El fiscal Carrión Cabrera, está solicitando cinco años y cuatro meses de pena privativa de libertad e inhabilitación de dos años para todos, de conformidad con lo establecido en el código penal para los delitos señalados.

En tanto, la Procuraduría Anticorrupción Descentralizada de Huánuco ha solicitado en forma solidaria paguen una reparación civil de 25 millones 536 mil 484.79 dólares americanos que comprende: daño patrimonial $ 21´536´484.79 y daño extrapatrimonial $ 4’000,000.00; a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco y el Estado por los daños y perjuicios ocasionados.

Los acusados

Los acusados en el proceso que están con comparecencia simple, además de Giles Alipázaga, están los exfuncionarios municipales: Emilio Ruiz Moncada, Vlamir Cruz Picón, Kevin Dueñas Carbajal, Franco Liyanaje Alva, Dante Salas Castro, Clever Castañeda Ramón, Edilberto Ramón Álvarez, Javier Dávila Figueroa, Tomislavo Zécevich Acosta, Napoleón Huere Rosas y Ivan Nuñez Barboza.

También los exconcejales Clever Zevallos Fretel, Cecinio Rojas Salcedo, Gustavo Barrera Sulca, Ricardo Morales Rosales, Oscar Ortiz de Zevallos Triveño, Elena Patricia Follegate Runco, Jorge Pimentel y Wong, César Gonzáles Soto, Carlos Malpartida Márquez, Alicia Espinoza Rojas, Juan Ollague Rojas, Joel Arteaga Calixto y Cecilia Ríos Salazar.

Además, el representante de Urbi Propiedades, Carlos Alberto Cosabonne Stoessel, como presunto cómplice primario.

Se conoció que para el caso de Castañeda Ramón, solicitaron el sobreseimiento lo que fue admitido en parte por el juez Elmer Contreras, sin embargo, ya habría sido apelado por el fiscal Iván Carrión.

Imputación

A todos los acusados, les imputan haberse interesado indebidamente y de manera directa en el proceso desarrollado por la Municipalidad de Huánuco ante la iniciativa de inversión presentada por Urbi Propiedades en el 2010, interés que se materializó con la emisión de los actos administrativos para favorecer a la empresa que ejecutó en el parque Puelles, el proyecto “Centro Comercial y de Esparcimiento Huánuco”, lo que es ahora el Real Plaza.

El documento fiscal señala que adjudicaron directamente la iniciativa privada sin realizar ninguna negociación previa respecto a las condiciones, estableciéndose requisitos técnicos sin justificación en agravio de la comuna provincial y el Estado.

El fiscal sostiene que los acusados emitieron con pleno conocimiento todos los actos administrativos favorables, como el hecho de cambiar de uso al parque, para adjudicar directamente el proyecto de Urbi Propiedades, sin promover ninguna negociación de las condiciones.

Fallo del TC

Mediante sentencia n° 495 del 20 de agosto del 2020, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de acción de amparo interpuesta por la Cámara de Comercio e Industrias de Huánuco contra la municipalidad de Huánuco (en la gestión de Giles Alipázaga) y Urbi Propiedades SA; al haberse acreditado la vulneración del derecho al medioambiente adecuado, al construir el centro comercial y de esparcimiento Huánuco Puelles (Real Plaza) en el parque Puelles de la ciudad de Huánuco.

El fallo concluye que la empresa Urbi Propiedades S.A. violó el derecho al medioambiente adecuado, relacionado con la obligación de respetar la preservación del medioambiente, debido a que inició la construcción del centro comercial y de esparcimiento (empezando con la demolición del parque) sin contar con la certificación ambiental dispuesta por la Ley 27446. Asimismo, la municipalidad demandada también violó el derecho al medioambiente adecuado al no supervisar el cumplimiento de las normas de protección del medioambiente.

Sin embargo, si bien han acreditado la vulneración del derecho al medioambiente adecuado de la parte demandante, esto ha devenido en irreparable, debido a que ya se construyó el centro comercial sobre el referido parque.

Ante el cual, corresponde estimar la demanda y disponer que la municipalidad emplazada no vuelva a incurrir en las acciones u omisiones que motivaron la interposición de la demanda, bajo apercibimiento de aplicarse las medidas coercitivas previstas en el artículo 22 del Código Procesal Constitucional.

Además, el TC ordena que los demandados asuman el pago de costos procesales a favor de la parte demandante, cuya liquidación se hará en ejecución de sentencia.

ALGO MAS

Según estimación de la Procuraduría Anticorrupción, el valor de uso del predio por los 70 años ascendería a US$ 24’586,531.78, al que se debe descontar la única retribución de Urbi Propiedades que es el mantenimiento del parque por  US$ 3’050,046.

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