Juez Concepción Carhuancho en Huánuco: “No es sencillo pedir prisión preventiva”

Ante la expectativa de trabajadores judiciales, magistrados, abogados y estudiantes de Derecho, el Sindicato de Trabajadores Judiciales (Sitraju) Huánuco, hizo posible la llegada del reconocido juez Richard Concepción Carhuancho, quien ofreció una conferencia magistral de poco más de 45 minutos, como parte del “I Congreso Internacional de Derecho Procesal Penal, Procesal Laboral, Procesal Constitucional y Derecho Sancionador”.

El titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, expuso con ejemplos de casos que desarrolló en su labor profesional, dejando claro que el juez puede ordenar  prisión preventiva de acuerdo a la investigación del fiscal.

Explico que la prisión preventiva debe ser de acuerdo al grado de precisión del hecho que se imputa al investigado. “Se debe pedir prisión preventiva de acuerdo al grado de la imputación completa, ya que los estándares de una prisión preventiva y los estándares al dictar sentencia son parecidos”, dijo.

El juez Concepción Carhuancho refirió que durante la audiencia de prisión preventiva, los sujetos procesales, el fiscal y la defensa técnica presentan su pedido correspondiente ante el juez. «Pero no solo eso, cada uno de los sujetos procesales, tienen que alcanzar la argumentación correspondiente respaldada con los elementos de convicción, en suma, los elementos de prueba que sustenten su argumentación», expresó.

También refirió que lo que debe hacer el juez es procesar esa información y extraer las ideas claves de cada uno de los elementos de convicción que han presentado los sujetos procesales, para una decisión de acuerdo a ley. Asimismo, refirió que se puede tomar en cuenta las declaraciones de colaboradores eficaces para solicitar prisión preventiva, pero en la medida de que se encuentren corroborados con elementos de convicción.

“No es sencillo pedir la prisión preventiva, tiene sus complicaciones”, dijo al sostener que dentro de los presupuestos básicos de la prisión preventiva esta la apariencia del buen derecho y para establecer la apariencia del buen derecho, se tiene que establecer en función al hecho imputado al investigado.

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