Una sola persona por familia deberá salir de su casa por víveres o medicinas

En el artículo 3.8 del decreto supremo 064-2020 establece que para la adquisición de víveres, productos farmacéuticos y trámites financieros, solo está permitido el desplazamiento de una persona por núcleo familiar de lunes a sábado. Asimismo, el día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día.

El DS 064-2020 fue publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano con el cual modifica el Decreto Supremo 057-2020 de la Presidencia del Consejo de Ministros que establecía días de salida diferenciados para hombres y mujeres para la compras de víveres o productos farmacéuticos. En dicha disposición consideraba que los lunes, miércoles y vienes únicamente podían transitar personas del sexo masculino y los martes, jueves y sábados las de sexo femenino.

Asimismo, dispone el uso obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público, esto con la finalidad de evitar el contagio del coronavirus que hasta el momento ha dejado 132 muertos.

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