El Tribunal Constitucional (TC) en su sesión de pleno desarrollada ayer, resolvió la demanda de conflicto competencial que originó el expediente denominado caso del control judicial de las decisiones del Congreso de la República.
En dicho proceso, el Parlamento cuestionó las resoluciones judiciales que le impedían elegir al Defensor del Pueblo; que ejerza control político sobre los altos funcionarios del Estado (presidente del JNE), y que emita leyes sobre el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Con esta decisión, el Poder Legislativo podrá continuar con el proceso de elección del Defensor del Pueblo, así como con la reforma al consejo directivo de la Sunedu.
De igual forma, el Congreso podrá reformar el artículo 99 de la Constitución Política, así como su reglamento, para incorporar a los miembros del JNE, el jefe de la ONPE y el jefe del Reniec.
De este modo, el Tribunal Constitucional resolvió, por mayoría, declarar fundada a demanda competencial planteada por el Congreso contra el Poder Judicial; en consecuencia son nulas las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que impedían seguir el procedimiento de designación del Defensor del Pueblo.
Además, por mayoría, declarar fundada la demanda competencial planteada por el Congreso contra el Poder Judicial; en consecuencia, nulas las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que impedían la realización de investigaciones parlamentarias sobre asuntos de interés público.
Y por unanimidad, declarar fundada la demanda competencial planteada por el Congreso contra el Poder Judicial; en consecuencia, nulas son las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que impedían aplicar la reforma al consejo directivo de la Sunedu.
El TC exhorta al Congreso de la República a reformar el artículo 99 de la Constitución Política, así como a reformar su reglamento, para incorporar a los miembros del JNE, el jefe de la ONPE y el jefe del RENIEC.