Por incongruencias económicas Gorehco anula licitación de la Vía Colectora II

Mediante la Resolución Gerencial General N° 217-2026-GRH/GGR, de fecha 8 de mayo de 2026, el Gobierno Regional Huánuco (GRH), declaró nula de oficio la licitación pública para la obra: “Creación del servicio de movilidad urbana en la Vía Colectora, tramo Jr. Los Manglares de la Urbanización Los Portales hasta la avenida Los Ángeles del centro poblado La Esperanza”.

El motivo de la anulación responde a la identificación de un vicio en las bases de la licitación, específicamente en el establecimiento de límites de cuantía para proveedores beneficiados por la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía. Dichos límites debían guardar relación con el método de evaluación económica.

El OECE (Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes), determinó que la cuantía debía aplicarse bajo el método de evaluación económica limitada.

Sin embargo, en las Bases Integradas Definitivas se consideró el método de evaluación económica fija, lo que contraviene lo dispuesto en las Bases Estándar de Licitación Pública de Obras, elaboradas en el marco de la Resolución Directoral N° 0001-2026-EF/54.01. Esta norma modificó la directiva que regula los procedimientos de selección en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.

En consecuencia, no debió establecerse límites en la cuantía para los proveedores acogidos a la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, lo que motivó la nulidad de la licitación.

 

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