Poder Judicial desestimó hábeas corpus para anular prisión de Pedro Castillo

El Sexto Juzgado Constitucional de la Corte de Lima declaró improcedente un proceso de habeas corpus promovido por la Federación Nacional de Abogados del Perú a favor del expresidente de la República, Pedro Castillo y del expremier Aníbal Torres.

Con este recurso pretendían que se declare la nulidad de la resolución judicial que dispuso la prisión preventiva en su contra, así como la orden que confirmó esta medida restrictiva; y por consiguiente, se disponga su libertad.

Además, solicitaba restituir su condición de presidente constitucional de la República, se anulen todas las resoluciones judiciales, administrativas, legislativas y leyes que se opongan a esa posición, y se ratifique la disolución del Congreso.

Sin embargo, la magistrada a cargo del referido juzgado, Gisela Ocaña Chalco, respecto a la actuación del Congreso en la vacancia presidencial, señaló que los pedidos del exmandatario se encuentran sujetos a procedimientos específicos.

 “Resulta claro que mediante las actuaciones y pronunciamientos congresales no se ha ordenado la privación de la libertad del beneficiario (Castillo Terrones), sino el Congreso en uso de sus funciones ha evaluado un requerimiento de vacancia por incapacidad en el cual se decidió por aprobar la vacancia”, refiere el documento.

También indica que “no se ha evidenciado vulneración en las resoluciones judiciales cuestionadas que afecten el derecho a la libertad individual, que es el derecho fundamental de toda persona”.

La magistrada también arguyó que para el caso de la prisión preventiva no ha advertido vulneración del derecho a la defensa.

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