Otra vez postergan debate sobre pedido de vacancia de regidora de Huánuco

Fue postergado para una nueva sesión extraordinaria del Concejo Provincial de Huánuco, el debate del expediente de vacancia solicitada contra la regidora Sherly Morales Villanueva, ante el pedido realizado por el abogado Luis Alberto Guillen Almeida, quien representa a la peticionante. La sesión extraordinaria de ayer duró poco más de una hora.

La cita inició a la 1:00 de la tarde, contándose con la asistencia de los 14 integrantes del Concejo Provincial de Huánuco (alcalde provincial como presidente del Concejo Municipal y los 13 regidores), dándose cuenta de la solicitud de suspensión presentado por el abogado de la solicitante de la vacancia, presentado a las 10.17 de la mañana de ayer, en mesa de partes de la Municipalidad Provincial, que no podía asistir por motivos de salud y en mérito del artículo 2 numeral 23 de la Constitución Política de la República, solicitó la suspensión de la sesión convocada, para verse el caso.

Asimismo, se dio cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Legales del Concejo Provincial. Los tres integrantes: Joel Arteaga Calixto, Emilio Fernando Shol Ponce y Jhin Álvaro Espinoza Caqui, se abstuvieron de expresar su opinión sobre la procedencia o improcedencia del pedido, para no adelantar opinión.

 Sobre solicitud del abogado

Respecto al pedido del abogado Luis Guillén, este fue debatido, por un lado, se tuvo la posición de los tres regidores de oposición (entre ellos la regidora Sherly Morales), quienes consideraron que debería proceder al debate y la votación inmediata, porque según la Ley Orgánica de Municipalidades, para los casos de pedidos de vacancia o suspensión no existe la obligatoriedad de contarse con la presencia del ciudadano que lo solicitó o su abogado.

Por el lado del sector oficialista, Joel Arteaga, el único que habló por ellos, fundamentó que la Constitución Política de la República, establece el derecho de la defensa, que no es mancillado en ningún proceso judicial, motivo por el cual propuso que se suspenda la sesión.

A continuación, intervino el abogado Julio Silva Meneses, en representación de la regidora Sherly Morales, manifestando que no existe la obligatoriedad de contarse con la presencia de la persona que solicitó la vacancia o de su abogado, que solo debería verificarse la convocatoria adecuada a las partes, así como de los regidores.

Por su lado, el asesor legal de la Municipalidad Provincial de Huánuco, abogado Jordán Jara Albornoz, explicó que la peticionante de la vacancia también tiene el derecho a la defensa que puede ser ejercida por ella o el abogado que lo represente, razón por lo cual es un derecho constitucional que debería respetarse.

Luego de escucharse a los dos letrados, el alcalde provincial procedió a la votación obteniéndose 10 votos por la suspensión de la sesión y los tres regidores de oposición que se abstuvieron, con lo cual quedó suspendido la sesión que deberá efectuarse en 5 días.

 Los plazos

Otro tema que se planteó en el debate, fue el plazo máximo que se tiene para debatir este tema que es de 30 días útiles. Por el lado oficialista, se indica que corre a partir de la notificación del Jurado Nacional de Elecciones, recibida el 22 de diciembre; mientras que por el lado de la oposición, el plazo cuenta desde el 27 de noviembre que Nagheli Solsire Calzada Vargas, presentó la petición de la vacancia en mesa de partes de la comuna provincial, habiendo vencido los 30 días útiles el lunes 15 de enero, por lo cual no cabía reprogramarlo y que el Concejo Provincial incurriría en omisión de funciones.

Este tema también fue debatido, expresando el abogado Julio Silva que el plazo ya está vencido, mientras el asesor legal señaló que aún no vence.

Este tema no fue objeto de votación, pero el alcalde provincial en declaraciones a la prensa anunció que efectuarán las consultas al Jurado Nacional de Elecciones.

 Adelanto de opinión

En intervención del abogado Julio Silva, indicó que presentó un documento de cuestión previa, para que el alcalde provincial de Huánuco se abstenga de ejercer el voto al haber efectuado adelanto de opinión, en una entrevista periodística, donde defendió los argumentos de la peticionante de la vacancia, lo que implícitamente es un adelanto de opinión.

Ante ello, el alcalde, se defendió argumentando que no adelantó opinión, y que el día de la sesión extraordinaria donde se debata la solicitud de vacancia, procederá a ejercer su derecho al voto.

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