El Segundo Juzgado Penal Permanente de La Molina y Cieneguilla de la Corte Superior de Justicia de Lima, actuando como juez constitucional, resolvió a favor de Jhon Tulio Romero Lloclla, declarando fundada en parte una demanda constitucional de hábeas corpus y consecuentemente anuló la sentencia condenatoria e inhabilitación, por mentir en su hoja de vida.
Romero Lloclla, fue condenado como autor del delito de falsa declaración en procedimiento administrativo, en agravio del JNE y el Estado, a dos años de pena privativa de libertad suspendida, inhabilitación para ejercer cargo público por el mismo periodo y el pago de dos mil soles como reparación civil.
El hábeas corpus fue presentado el 12 de marzo de este año por Luis Longorio Muñoz a favor de Romero Lloclla, dirigiéndola en contra de la juez del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Huánuco, Carolina Mejía Torres y los jueces superiores Jaime Gerónimo, Angélica Aquino y Rocío Marín, integrantes de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huánuco.
El argumento es acreditación de la vulneración del debido proceso al haber sentenciado a Romero Lloclla, cuando ya había prescrito la acción penal. En consecuencia declara la nulidad de las sentencias condenatoria de primera instancia emitida el 9 de mayo de 2017 y de la Sala Penal de Apelaciones del 4 de octubre del 2017 que confirmó la condena.
Asimismo dispone archivarse todo lo actuado en el expediente y dejar sin efecto la pena de inhabilitación ejecutada mediante oficio del 13 de marzo del 2018.
ALGO MAS
Con el fallo judicial a su favor, Romero Lloclla queda habilitado para continuar su carrera electoral. “He sido objeto de una resolución política, que buscó excluirme de cualquier modo del actual proceso electoral”, el precandidato al gobierno regional.