El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció reglas referidas a las etapas del procedimiento de inscripción de las listas de candidatos para alcaldes y regidores provinciales y distritales durante el proceso de Elecciones Municipales 2022, así como a la participación de los extranjeros residentes en el Perú en dichos comicios.
En el reglamento de inscripción de listas de candidatos para tales elecciones, se precisa que para integrar las nóminas se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener Documento Nacional de Identidad (DNI). A tal efecto, el postulante no debe estar suspendido en el ejercicio de la ciudadanía por resolución judicial.
Debe haber nacido o domiciliar, cuando menos dos años continuos, en la provincia o el distrito donde se postule cumplidos hasta la fecha límite para la presentación de la solicitud de inscripción de listas de candidatos. En caso de domicilio múltiple, rigen las disposiciones del artículo 35 del Código Civil.
Los extranjeros que postulen deben presentar su documento de acreditación electoral, y hacer constar dos años de domicilio- continuos y previos a la fecha de la correspondiente elección municipal- en el distrito o provincia a la que postulan. No pueden postular a cargos municipales en los distritos o provincias de frontera.
Entre otros requisitos se precisa que los candidatos a alcalde deben estar afiliados a la organización política. La presentación de tales afiliaciones ante la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) debe efectuarse hasta el 5 de enero 2022.
En el caso de las organizaciones políticas en vías de inscripción, sus candidatos a alcaldes en las elecciones internas deben encontrarse en la relación de afiliados.
No pueden inscribirse como candidatos a cargos municipales los afiliados a otra organización política inscrita, a menos que hubiesen renunciado como máximo hasta el 31 de diciembre de 2021.