JEE Huánuco evalúa casos de Guillermo Bocángel y Koko Giles para definir sus candidaturas

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Huánuco está próximo a emitir las resoluciones que determinarán si admite o declara improcedente la inscripción de las listas de candidatos de los partidos Renovación Popular, para el Gobierno Regional de Huánuco, y Perú Primero, para la Municipalidad Provincial de Huánuco.

Esta decisión surgirá tras la presentación de descargos por parte de ambas organizaciones políticas, luego de que el JEE declarara inadmisibles sus respectivas listas iniciales.

 

Renovación Popular

El JEE emitió la Resolución N° 00514-2026-JEE-HNCO/JNE, que declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la fórmula y lista de candidatos para el Gobierno Regional, presentada por Fernando Soto Palomino, personero legal de “Renovación Popular”. La observación afecta tanto al candidato a gobernador regional, Guillermo Bocángel Weydert, como a 10 de sus candidatos a consejeros regionales.

En respuesta, el personero legal presentó un escrito de 18 páginas acompañado de un anexo de 171 páginas para subsanar las observaciones. Entre los documentos presentados, destaca la sentencia recaída en el Expediente N° 002-2018-17-5001-JS-PE-01 (Recurso de Apelación N° 7-2023/Corte Suprema), emitida el 9 de enero de 2024 por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.

En la sección de la “V Decisión” de dicha sentencia, se señala: “Revocaron la aludida sentencia en cuanto a la efectividad de la pena impuesta a Kenji Gerardo Fujimori Higuchi, Bienvenido Ramírez Tandazo y Guillermo Augusto Bocángel Weydert; reformándola, les aplicaron cuatro años y seis meses de privación de la libertad, suspendida en su ejecución por el plazo de cuatro años”.

Al respecto, cabe precisar que, al tratarse de una pena suspendida dictada el 9 de enero de 2024, el candidato se encuentra cumpliendo el periodo de prueba hasta el año 2028, lo cual es un factor determinante para el análisis de su elegibilidad. Respecto a los 10 candidatos a consejeros, los documentos de subsanación también fueron incluidos en el expediente.

 

Perú Primero

Por otro lado, mediante la Resolución N° 00497-2026-JEE-HNCO/JNE, el JEE declaró inadmisible la lista para la Municipalidad Provincial de Huánuco, presentada por Ángel Daniel Bernal Malpartida, personero legal del partido Perú Primero, tanto para el candidato a alcalde, Jesús Giles Alipázaga, como para sus 7 candidatos a regidores.

Si bien el personero legal cumplió con presentar los documentos de subsanación ante la Plataforma Electoral, el JEE recibió información adicional relevante. El Administrador del Módulo del Nuevo Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, mediante el Oficio N° 000407-2026-ADMNCPP-GAD-CSJH-PJ del 12 de julio de 2026, remitió los antecedentes judiciales del candidato Jesús Giles Alipázaga.

De acuerdo con la Sentencia Judicial N° 028-2025, emitida el 5 de septiembre de 2025 por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Huánuco, Giles fue condenado a cuatro años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución, por el delito de negociación incompatible (en el caso relacionado con la empresa Urbi Propiedades S.A.).

Esta condena, vigente desde el 5 de septiembre de 2025, se extendería hasta el 5 de septiembre de 2029, fecha en la que culminaría el periodo de cumplimiento de la pena.

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