El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó a la ciudadanía las restricciones electorales que están vigentes desde el lunes 31 de mayo hasta las últimas horas del domingo 6 de junio, en el marco de las elecciones de la segunda vuelta electoral.
De esta manera, desde las 00:00 horas del lunes 31 de mayo quedó prohibido la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, tal como lo precisa el artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
Es importante mencionar que el incumplimiento de esta disposición es sancionado con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir entre 44 mil y 440 mil soles.
En tanto, desde las 00:00 horas de mañana viernes 4 de junio ya no podrán realizar reuniones o manifestaciones de carácter político. Su transgresión, conforme al artículo 388 de la LOE, es sancionado con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años.
Asimismo, todo tipo de propaganda política quedará suspendida desde las 00:00 horas del sábado 5 de junio. En esta restricción se incluye la intervención de los candidatos en los medios de comunicación con entrevistas, conferencias, debates y otros similares.
Su incumplimiento acarreará una multa de entre 30 (132 mil soles) y 100 UIT (440 mil soles) o una pena de prisión no menor de dos años.
El máximo ente electoral también recordó que entre las 07:00 y 19:00 horas del domingo 6 de junio, día del sufragio, no estará permitido las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio.
LEY SECA. La Ley Orgánica de Elecciones (LOE) también establece la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas entre las 08:00 horas del sábado 5 y las 08:00 horas del lunes 7 de junio. El incumplimiento se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa no menor de 2,790 soles y pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado