A seis años de cárcel y al pago de seis mil soles fue sentenciado el policía en situación de retiro Anthony Jorge Chávez Arellán (56) tras ser hallado culpable del delito de cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial en agravio de la Policía Nacional representado por el Ministerio del Interior.
El juez Luis Pasquel Paredes del Cuarto Juzgado Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios en mérito al artículo 402 del Código Procesal dispuso la no ejecución de la sentencia hasta que la Sala Penal en segunda instancia resuelva el recurso de apelación. Asimismo, dictó reglas de conducta que el sentenciado debe cumplir, entre las que está firmar el libro de control biométrico.
Según la acusación fiscal, todo inicia con la muerte de una bebé de apenas tres meses de nacida ocurrido el 8 de febrero del 2018 a causa de una presunta aspiración de líquido con consecuencia de insuficiencia respiratoria. La diligencia de levantamiento del cadáver fue realizada en el centro de salud de Jivia, distrito del mismo nombre en la provincia de Lauricocha por el entonces fiscal Jimmy Ramos Picón, la médico legista Lourdes Alva Alva y policías de la comisaria de Jesús.
Luego de ello, el fiscal mediante disposición del 20 de marzo del mismo año en la carpeta 21-2018 dispuso abrir investigación preliminar contra los que resulten responsables, por la presunta comisión del delito de homicidio simple en agravio de la menor y que los actuados sean remitidos a la comisaría de Jesús. Es así que el entonces comisario, teniente PNP Jimmy Huama Quispe a través del decreto n° 2 del 23 de marzo designó al Suboficial Técnico de Tercera (ST3), Anthony Chávez para que investigue el caso.
Dicho agente era el encargado de la Sección de Investigación Criminal de la comisaría de Jesús por lo que, con esa autoridad el 27 de marzo a las 10:00 de la mañana acudió a la Institución Educativa José Varallanos para buscar al profesor Elvis Augusto Dávila Santos, quien era el papá de la bebé fallecida que tuvo con una menor de edad. Al no encontrarlo, dejo un recado en el vigilante diciendo que lo busque en la dependencia policial.
Es así que, saliendo del trabajo, Dávila Santos acudió al llamado y es donde el ahora sentenciado le habría dicho que el caso estaba bravo, pero podía ayudarlo a cambio de mil soles, pero cuando el docente dijo que era mucho y no tenía esa cantidad, bajó el monto a 800 soles y pidió su número de celular para coordinar sobre el avance de la investigación.
Desde el primer encuentro, el policía cuya función era investigar, llamó en varias oportunidades para informar a Elvis Dávila de lo que había declarado la mamá de su hija (menor de edad). Todas las conversaciones, el profesor grabó y las cuales fueron transcritas por la fiscalía como parte de las diligencias de esclarecimiento de los hechos.
Es así que, en una de las tantas llamadas, Sánchez Arellán le dice que consignará en el informe que el investigado (Elvis Dávila Santos) es comerciante y no profesor para evitar problemas a futuro. También le dice que necesita algunos datos para poner en su declaración y así el caso será archivado y es lo que realmente pasó, donde al hacer el informe consignó que ‘no tenía participación en los hechos relativos al fallecimiento de su hija’, esto con relación al papá.
El 10 de abril, cuando el informe fue presentado a la fiscalía y el policía a través de llamadas y mensajes exigía el pago de lo acordado, Elvis Augusto Dávila acudió a la Primera Fiscalía Penal Corporativa de Lauricocha para denunciar el cobro del dinero, por lo que el caso fue remitido a la fiscalía especializada por ser competencia.
En el proceso de investigación, el policía reconoció que los audios presentados eran su voz, asimismo, el peritaje grafrotécnico confirmó que era su letra, el apunte que dejó en vigilancia cuando acudió a buscar al profesor investigado, por lo que el juzgado emitió la sentencia condenatoria.