La Sala Penal de Apelaciones Supraprovincial de Corrupción de Funcionarios de Huánuco reformuló la resolución 2 dictada el 7 de diciembre del 2018 emitida por el juez Elmer Contreras Campos que declaró fundado el pedido de prisión preventiva por 12 meses contras los suboficiales Yeltsin Luianov Magariño Ávalos y Mariela Ruth Atencia Aguirre, investigados por el presunto delito de cohecho pasivo.
En consecuencia, fijaron el plazo de prisión preventiva de 18 meses que inició el 4 de diciembre del 2018 fecha que fueron detenidos y culminará el 3 de junio del 2020.
Entre los elementos considerados por la sala integrada por los magistrados Héctor Lira Bejarano, Yofré Castillo Barreto y Angélica Aquino Suárez para reformular la resolución están: la declaración de Cosme Ávila Puente, quien de forma persistente y coherente narró sobre lo ocurrido el 22 de noviembre el 2018 cuando conducía su camioneta crema de placa FOF-788 y fue intervenido por el suboficial Magariño.
El referido agente al percatarse que la licencia estaba vencida y no tenía certificado de gas dispuso su traslado al depósito municipal y para el cual ordenó a su colega Atencia que suba a la camioneta con el cuento de ir al depósito, pero en el trayecto Yeltsin, le pide “un ferro” que significa 100 soles para arreglar.
Ante ello, Ávila Puente, quien no tenía dicha cantidad decide ir al taller de mecánica de su hermano, pero como dicho local estaba cerrado, bajan por el jirón Jorge Chávez, pasan por Micaela Bastidas y salen por el jirón Manco Inca, donde vive la hermana del ahora denunciante y quien le prestó los 100 soles que de inmediato entregó a la suboficial.
Luego de recibir el dinero, Mariela Ruth, baja de la camioneta para dirigirse a la moto policial que era conducida por Magariño y tras abordar ambos salen del lugar como si nada hubiese pasado.
Según los magistrados, la incriminación indiciaria sobre la irregular intervención de los agentes de la División de Tránsito tiene corroboración periférica con el informe policial a cargo del mayor PNP Arlik Chávez Fernández (testigo visual de los hechos), acta de reconocimiento fotográfico de fichas Reniec y la declaración de la hermana del denunciante las cuales fueron debidamente motivados por el juez de Investigación Preparatoria y por el cual ambos agentes deberán permanecer en el penal de Potracancha.