Manuel Cirilo Callan Ponce (45) fue condenado a la máxima pena de cadena perpetua tras ser hallado culpable del delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación sexual en agravio de su sobrina menor de edad. La sentencia fue emitida por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Huánuco, cuyos magistrados ordenaron la suspensión de la ejecución de la condena hasta que la Sala Penal de Apelaciones resuelva el recurso de apelación presentada en audiencia por la defensa técnica de Callan Ponce.
Según la acusación del Ministerio Público, la agresión sexual habría ocurrido en abril del 2014 cuando el ahora sentenciado vivía en la casa de su hermana (mamá de la agraviada) ubicada en la localidad de Cushipampa, distrito de San Pablo de Pillao. La menor narró que fue atacada por su tío desde cuando tenía 9 años y no contó lo sucedido a su familia, porque habría sido amenazada de muerte.
En agosto del 2018, luego de más de cuatro años de callar la pesadilla que vivió cuando su tío vivía con ellos, la escolar decidió contar lo sucedido a la psicóloga del colegio y al ser consultada por su madre, decidió contar lo ocurrido desde cuando era pequeña, por lo que el caso fue reportado a la fiscalía.
En el juicio oral, los jueces al escuchar a los familiares, analizar las pruebas presentadas por la fiscalía y la entrevista que la escolar dio en Cámara Gesell, donde narró paso a paso de cómo fue violentada por su tío, por unanimidad resolvieron condenar a Manuel Callan, quien negó la acusación de su sobrina asegurando que era una calumnia.
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Mientras la Sala resuelva el recurso de apelación, Callan Ponce deberá cumplir reglas de conducta entre las que está prohibido de acercarse o comunicarse con la agraviada y testigos ofrecidos en el caso.