
El Poder Judicial revocó la orden de impedimento de salida del país por 36 meses que se dictó contra la lideresa de Fuerza Popular Keiko Fujimori, como parte del proceso penal que se le sigue por el caso de los aportes a sus campañas presidenciales de los años 2011 y 2016.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional adoptó esta medida al dejar sin efecto el extremo de la decisión que emitió el juez Víctor Zúñiga el 31 de mayo del 2023, en la que dispuso que la excandidata presidencial no saliera del territorio nacional por tres años a pedido del fiscal Jose Domingo Pérez Gómez.
El tribunal superior también adoptó similar medida en el caso de Mark Vito, exesposo de Keiko Fujimori, y los exdirigentes del partido político Fuerza Popular José Chlimper, Piere Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, Adriana Tarazona.
La sala superior determinó que la medida de impedimento de salida del país no es necesaria, ya que existen reglas de conducta impuestas a estas personas para asegurar su presencia en este proceso penal; por tanto, no resultada necesario agravar la situación legal de los acusados.
En ese sentido, el colegiado superior resolvió confirmar el extremo de la decisión del magistrado de imponer a todas estas personas el mandato de comparecencia con restricciones. El caso, para el que el fiscal Domingo Pérez pidió más de 30 años de cárcel, se encuentra próximo a ingresar a la etapa de juicio oral.