Plantean prohibir labores domésticas durante el teletrabajo

La congresista y expresidenta del Congreso María del Carmen Alva presentó un proyecto de ley por el cual plantea una serie de modificaciones a la Ley N° 31752-Ley del Teletrabajo, entre ellos el artículo 21°, referido al tiempo de la jornada laboral y mecanismo de registro.

Esta ley se aprobó el 11 de setiembre del 2022, pero recién entró en vigencia a inicios de este año, cuando el Ejecutivo la reglamentó mediante el DS N° 002-2023-TR.

La parlamentaria propone en el proyecto de ley 5889/2023-CR que en el artículo 21.1 de la referida norma, que señala que el tiempo máximo de la jornada laboral del teletrabajador es el mismo aplicable al trabajador que labora de manera presencial” (8 horas), se adicione un nuevo texto prohibiendo a los teletrabajadores realizar durante ese período tareas domésticas o particulares.

“Durante dicha jornada, el teletrabajador se encuentra prohibido de realizar tareas domésticas o privadas, de darse el caso se constituye una dejación de funciones y por tanto el abandono del puesto de trabajo, siendo aplicable las sanciones correspondientes y la reversión de la modalidad de teletrabajo”, se lee en el documento.

Así, precisa la propuesta normativa, se establece en forma clara la posibilidad de ser sancionado el teletrabajador en caso que desarrolle labores que no le fueron encomendadas y que quebrantan la buena fe, fidelidad y lealtad implícitos en toda relación laboral.

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