El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aclaró las dudas respecto al recuento de votos, mecanismo que se aplicará por primera vez en las elecciones generales de 2026 y que, según precisó, solo procede en casos específicos. La entidad electoral explicó que este procedimiento es excepcional y se origina cuando un acta es observada por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE), con el objetivo de garantizar la voluntad popular expresada en las urnas.
La base legal del recuento de votos se encuentra en la Ley Orgánica de Elecciones, la Ley 32299 que la modifica y el Reglamento de Recuento de Votos.
En anteriores procesos, cuando un acta presentaba errores materiales, no se revisaban los votos físicos y las cédulas eran destruidas tras el escrutinio. En esos casos, las ODPE remitían las actas observadas a los Jurados Electorales Especiales (JEE), que resolvían empleando las copias disponibles. Si no era posible subsanar, el acta se anulaba, pues la normativa no contemplaba el recuento.
Con la Ley 32299, se habilita este procedimiento, que es realizado por los JEE en situaciones puntuales. El JNE detalló que las actas observadas son enviadas a los JEE, los cuales evalúan si pueden subsanarse mediante cotejo con sus copias. De no ser posible, se dispone el recuento de votos, que se efectúa por única vez y bajo decisión del JEE.
Las razones por las que un acta puede ser observada incluyen falta de firmas de los miembros de mesa, ilegibilidad de datos, ausencia de información, incompletitud o errores aritméticos.
El organismo electoral aseguró que este mecanismo no retrasará la entrega de resultados oficiales, ya que se ha previsto su ejecución dentro de los plazos del proceso y antes de la proclamación. Finalmente, el JNE exhortó a la ciudadanía a informarse a través de sus canales oficiales y consultar la plataforma JNE Fact Checking para evitar la difusión de información errónea.







