Procuraduría de Extinción de Dominio logró que la Corte Superior de Justicia de Lima y del Callao retengan oro que iba a ser exportado a Emiratos Árabes Unidos e India.
Los Juzgados Transitorios Especializados en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Lima y del Callao extinguieron el dominio y todos los derechos de propiedad que ostentaban las empresas A.L. Copacabana EIRL e Inversiones Inka Dorada EIRL sobre un total de cinco barras de oro, de más de 39 kilos, que pretendían ser enviadas a Emiratos Árabes Unidos y a la India.
Los juzgados tomaron esta decisión tras determinar que dichas empresas tenían vínculos con actividades ilícitas relacionadas a la minería ilegal y lavado de activos. Por tal motivo, ordenaron que las barras de oro pasen a poder del Estado, representado por el Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi).
El valor FOB de las cinco barras de oro asciende a 1’502,047.13 dólares, acreditándose en el desarrollo de los procesos de extinción de dominio, en los que participaron también la Primera y la Quinta Fiscalía Provincial de Extinción de Dominio de Lima, que las empresas referidas no pudieron justificar el origen lícito del oro que pretendían exportar.
“Esta decisión judicial refuerza nuestra posición emitida en relación a que la extinción de dominio constituye una herramienta eficaz de política criminal en la lucha contra la delincuencia y la criminalidad organizada, dado que permite de manera rápida y con el debido proceso que el patrimonio ilícito se traslade la titularidad del Estado. Además, reafirma nuestro compromiso de seguir participando de manera activa en la defensa jurídica del Estado en los procesos de extinción de dominio”, señaló la procuradora pública especializada en Extinción de Dominio, Liliana Elizabeth Meza Quito.
El pasado 13 de enero, el Ministerio Público y la Procuraduría Pública Especializada en delito de Lavado de Activos consiguieron que cuatro barras de oro, con un valor de 1’588,079 dólares, no salgan del país rumbo a Emiratos Árabes Unidos, sino que, por el contrario, dado el origen ilegal de dicha mercancía, pasen a propiedad del Estado.