Programan nuevo juicio por malversación de fondos en contra de ex autoridades de la Unheval

Luego que la Sala Penal de Apelaciones de Huánuco declaro en un extremo fundada el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Publico y declaró nula la sentencia del 9 de noviembre de 2018, emitida por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que absolvió a ex autoridades de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán (Unheval); el Primer Juzgado Unipersonal programó la audiencia de nuevo juicio oral para el 6 de enero del 2023.

En la lista de los procesados en este caso (proceso penal n° 1310-2012-27), están el actual vicerrector de investigación de la Unheval, Víctor Pedro Cuadros Ojeda, en su calidad de exrector de esa casa de estudios; el actual gobernador regional, Erasmo Alejandro Fernández Sixto, como ex vicerrector administrativo; Rodolfo Valdivieso Echevarría, ex director de la oficina central de planificación y presupuesto y Miria Retuerto Arrieta entonces jefa de remuneraciones de la casa valdizana.

En ese marco, citan a la audiencia pública de nuevo juicio oral a los referidos procesados como autores de la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de malversación de fondos; para el día 6 de enero del 2023, audiencia que se desarrollará bajo la modalidad virtual.

Emplazan a los cuatro procesados a fin de que concurran obligatoriamente a juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausentes o contumaces y, ordenarse su inmediata ubicación y conducción compulsiva en caso de inasistencia.

NUEVO JUICIO. Mediante Resolución n° 15, de fecha 15 de noviembre de 2021, la Sala Penal de Apelaciones de Huánuco, declaro en un extremo fundada el recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Publico, en consecuencia declararon nula la Resolución N° 04, que contiene la Sentencia n° 138-2018, del 9 de noviembre de 2018, emitida por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huánuco, en el extremo que fallo “absolviendo a los acusados Amancio Rodolfo Valdivieso Echevarría, Víctor Pedro Cuadros Ojeda, Erasmo Alejandro Fernández Sixto y Miria Retuerto Arrieta, de la acusación fiscal formulada en su contra como autores del delito contra la administración pública – delitos cometidos por funcionarios públicos en la modalidad de malversación de fondos, en agravio de la Universidad Nacional Hermilio Valdizan de Huánuco”.

Consecuentemente, la referida Sala dispuso que otro juzgado penal unipersonal desarrolle un nuevo juzgamiento. Siendo así mediante Resolución n° 16 del 10 de enero del 2022, el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Huánuco, remite los actuados a fin de que se cumpla con lo ordenado.

IMPUTACIÓN. En el caso, aCuadros Ojeda, Fernández Sixto, Valdivieso Echevarría y Retuerto Arrieta, les atribuyeron la autoría de los delitso de omisión a actos funcionales y malversación de fondos.

En el caso del primer delito, en razón de que omitieron determinar las plazas vacantes autorizadas presupuestalmente para llevar adelante el proceso de evaluación para promoción de docentes para el año 2011; asimismo omitieron tramitar el presupuesto ante el Ministerio de Economía y finanzas para que éstas  plazas sean  consideradas  en  el  presupuesto de la Unheval para el referido año, para el ascenso de los docentes universitarios a las categorías inmediata superior de asociado y principal respectivamente.

Es así que sin contar con un presupuesto para convocar a un proceso, ascendieron a 35 docentes, ocasionando un egreso no previsto de S/ 1’512,000.00.

Sobre malversación de fondos, materia del nuevo juicio oral, el documento judicial refiere que el Ministerio de Economía y Finanzas había asignado a la Unheval la suma de S/ 21’673,254 para el año fiscal 2011; de los cuales S/ 17’847,000.00 correspondía a la formulación del presupuesto a julio de año 2010 para el cumplimiento del pago por planilla  de docentes nombrados y contratados, personal administrativo y obrero; y la suma de S/  3’826,254.00 para atender al 100% del proceso de homologación de los docentes universitarios.

De esos montos, los imputados destinaron dinero perteneciente a la partida presupuestal asignada al año fiscal 2011, destinada al pago de remuneraciones de los docentes universitarios homologado al mes de octubre del 2008; una aplicación definitiva diferente, esto es, pagar a docentes homologados ascendidos con posterioridad al año 2008, sin que estas plazas estaban presupuestadas.

Este hecho, ocasionó un egreso no previsto de S/ 1’512,000.00, lo que impidió el pago de remuneraciones a la totalidad de docentes correspondiente al mes de diciembre de 2011; cumpliendo con ello recién el 18 de junio del 2012, después de siete meses.

ALGO MAS

El fiscal de la causa solicitó tres años de pena privativa de libertad, pena que se ubica dentro del tercio intermedio; además de inhabilitación para ejercer cargo público por tres años.

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