Nueva ley limita ejecución de obras públicas por administración directa

El sábado 23 de setiembre fue publicada en el diario oficial El Peruano la Ley N° 31876 “Ley que regula el proceso de ejecución de obras por administración directa a nivel nacional”, que regula el proceso de ejecución de las obras por administración directa para ejecutarse en condiciones de calidad, costo y plazo, haciendo uso probo, transparente, eficiente y eficaz de los recursos y bienes del Estado, para cumplir con los objetivos y los fines públicos de la obra pública.

La ley, indica que la ejecución de obras públicas por administración directa es autorizada mediante resolución del titular de la entidad, atribución indelegable. Para ello, debe contarse con los informes favorables de las áreas responsables competentes que correspondan:

  1. a) Informe técnico, en el que se evidencie el cumplimiento de todos los requisitos exigidos.
  2. b) Informe legal que sustente legal y administrativamente la existencia de la disponibilidad del terreno; así como que se cuenta con las licencias, permisos, autorizaciones y demás requisitos necesarios para la ejecución de la inversión.
  3. c) Informe presupuestario en el que se acredite la disponibilidad presupuestal, según calendario de avance de obra valorizado.

Asimismo, establece como prohibición que, en el marco de la ejecución de una obra por administración directa, está prohibida la adquisición, bajo cualquier modalidad, de maquinaria y equipos con cargo al presupuesto de la obra.

En esta ley se indica que la entidad estatal, previo a la aprobación de la ejecución de obra por administración directa debe emitir un informe técnico que sustenta y evidencia contar con: viabilidad de la inversión, que el monto total de la inversión no será mayor a 50 UIT, expediente técnico aprobado, personal técnico y administrativo necesario,  propiedad de los equipos y maquinarias mínimos establecidos en el expediente técnico.

También, disponibilidad y libre acceso al terreno donde se ejecutarán las obras, autorización de acceso y licencias para la explotación de las canteras de provisión de materiales, licencias, permisos y autorizaciones, entre otras, programa de ejecución de obra, calendario de avance de obra valorizado, calendario de requerimiento de la contratación de la mano de obra calificada y no calificada y los recursos presupuestales, de acuerdo con el calendario de avance de obra valorizado.

Leer Anterior

Así marcha la etapa nacional de la Copa Perú tras la segunda jornada

Leer Siguiente

Ministro de Transportes anuncia construcción de nuevo aeropuerto de Tingo María para el 2025