El Jurado Nacional de Elecciones declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por el personero legal de Solidaridad Nacional; y confirmó la Resolución n° 01403-2018 del JEE de Huánuco del 24 de agosto 2018, que excluye de la contienda electoral a Jesús Giles Alipázaga para la alcaldía de Huánuco.
En la resolución emitida el 6 de setiembre, el máximo organismo electoral señala que contra Giles Alipázaga pesa una sentencia penal condenatoria confirmada en segunda instancia como “coautor” del delito contra la Administración Pública en la modalidad de abuso de autoridad, a un año de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución.
Y que contra la mencionada sentencia, existe un pronunciamiento de casación que declaró “nulo el concesorio e inadmisible calificación”, fallo que no será susceptible de recurso alguno; por lo que la exclusión procede.
El 29 de agosto de 2018, Mieses Ramírez, interpuso el recurso de apelación alegando principalmente que sobre la Casación n.° 582-2018 -que sirvió de sustento para que el JEE declarara la exclusión de Giles Alipazaga- se interpuso un recurso de nulidad que hasta la fecha no ha sido resuelto por la Corte Suprema, “motivo por el cual, aún no existe firmeza en la sentencia aludida”. Sin embargo, este argumento no fue tomado en cuenta.
Ante lo sucedido, la lista de Solidaridad Nacional que está inscrita para las elecciones del 7 de octubre queda sin candidato a alcaldía, sin embargo, en un eventual triunfo, quien asumiría es el primer regidor que en este caso es Manuel Vivanco Osorio.
ALGO MAS
En la resolución que confirma la exclusión, el JNE resalta que Giles Alipazaga, consignó que no contaba con sentencia condenatoria firme impuesta por delito doloso en su contra, cuando si tiene una sentencia penal condenatoria vigente.