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El Cuarto Juzgado Unipersonal de Huánuco que atiende el juez Luis Pasquel Paredes, falló absolviendo al ex rector de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, Reynaldo Ostos Miraval, acusado como presunto autor del delito cometido por funcionarios públicos en la modalidad de peculado de uso.
“Se ha tomado en cuenta la naturaleza del hecho, la magnitud e intensidad de la conducta, que la fiscalía ha constituido para que se castigue en virtud del art 388. Esta judicatura considera que el ámbito penal no puede intervenir. No afecto la administración pública”, dijo el magistrado en parte de su alocución para dar a conocer su fallo.
“El derecho penal solo debe intervenir en casos graves, por eso fallo absolviendo de la acusación fiscal a Reynaldo Ostos Miraval como autor de delito de peculado de uso en agravio de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán”, señaló Pasquel Paredes, para luego indicar que la lectura de la sentencia será el 18 de septiembre a las 6:00 p.m.
La investigación seguida contra Ostos Miraval, fue por el supuesto mal uso de un vehículo de la referida casa de estudios cuando ostentaba el cargo de rector. En el caso, el fiscal Anticorrupción, Marco Espíritu Matos, formuló acusación solicitando tres años de pena privativa de libertad e inhabilitación por trece años para ejercer cargo público, además del pago de 270 días multa equivalente a 11 mil 248 soles.
En el caso también fue incluido el chofer Antonio Paz, sindicado como cómplice primario, para quien planteó tres años y cinco meses de pena privativa, inhabilitación por 15 años y un mes para cargo público y el pago de 270 días multa que asciende a 1,911 soles.
El caso tiene que ver con la intervención realizada a la entonces autoridad universitaria y su chofer, en octubre del 2016, argumentando que la camioneta Toyota RAV4 EGF-571 asignada para funciones de su cargo, era usada como supuesta “movilidad escolar”, para trasladar a sus hijos desde su casa al colegio.
En el pedido de sobreseimiento planteado por la defensa de ambos imputados, su abogado defensor sostuvo que “el hecho imputado no era típico, y no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay elementos de convicción suficiente para solicitar fundamentadamente el enjuiciamiento”, sin embargo, tal argumento no fue validado y tras continuar con la investigación llegó al juzgamiento.
En su momento, el abogado Fernando Corcino, defensor de Ostos Miraval, dijo que en esa investigación todo estaba mal, incluso la calificación. “El código penal es claro en esto, esa conducta no es punible, por la insignificancia y la intervención mínima del hecho penal, hay pronunciamiento abundante de la Corte Suprema, incluso un fallo del Tribunal Constitucional”, manifestó el letrado.