El Poder Ejecutivo prorrogó por 90 días calendario el estado de emergencia sanitaria por el coronavirus covid-19, a través de un decreto supremo publicado en el Diario Oficial El Peruano.
La norma explica que la extensión de la emergencia permitirá continuar con las acciones de prevención, control y atención de salud para la protección de la población frente a la pandemia del covid-19.
De acuerdo con el Decreto Supremo 031-2020-SA, la prórroga a partir del 7 de diciembre del 2020 es por un plazo de 90 días, es decir hasta la primera semana de marzo.
En su segundo artículo, la norma precisa que corresponde al Minsa, al Instituto Nacional de Salud y al Seguro Social de Salud-EsSalud realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de acción-vigilancia, contención y atención de casos del covid-19 en el Perú».
Durante la prórroga, agrega, se continuará con la contratación de los bienes y servicios detallados en las listas de «Bienes o servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria covid-19», contenidas en el Anexo II del Decreto Supremo 010-2020-SA, modificado por Decreto Supremo 011-2020-SA y 029-2020-SA.
En tanto, las contrataciones y adquisiciones que se continúen realizando al amparo del presente decreto supremo y de los decretos supremos 008-2020-SA, 010-2020-SA, 011-2020-SA, 020-2020-SA, 027-2020-SA y 029-2020-SA deben destinarse exclusivamente para los fines que establecen dichas normas, bajo responsabilidad.
La norma finaiza señalando que, concluida la prórroga, las autoridades responsables de la ejecución del plan de acción deben informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados.
El decreto lleva la firma del Presidente de la República, Francisco Sagasti, y de los titulares de Salud, Pilar Mazzetti, y de Trabajo, Javier Palacios.