A partir del presente mes, en los recibos de consumo de abril, por el servicio de electricidad ya no se consigna el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV), conforme indica la Ley N° 32063, que modifica el artículo 13 de la Ley 27037, de Promoción de la Inversión en la Amazonía, aprobado por el Congreso de la República.
La norma excluye del IGV a las empresas que presten servicios de distribución y comercialización de energía eléctrica en las provincias de Leoncio Prado, Puerto Inca, Marañón y Pachitea.
Así como los distritos de Monzón de la provincia de Huamalíes, en los distritos de Churubamba, Santa María del Valle, Chinchao, Huánuco y Amarilis de la provincia de Huánuco, en los distritos de Conchamarca, Tomay Kichwa y Ambo de la provincia de Ambo del departamento de Huánuco.
En ese marco, con la aprobación de la Ley N° 32063, Electrocentro ha facturado los recibos por consumo sin aplicar el IGV desde el mes de abril del año en curso, y anunció que devolverá el monto del IGV facturado en los recibos de pagos de los meses de enero, febrero y marzo de 2025 en las zonas donde presta el servicio.
La empresa precisa que Los distritos de Pillco Marca y San Pablo de Pillao, no están inmersos en dicha modificación porque fueron creados después de 1998, la Ley N° 32063 no hace ninguna precisión al respecto.
Al respecto, el alcalde provincial de Huánuco, Antonio Jara Gallardo, destacó este hecho que permite a la población ser beneficiarios directos de la Ley 27037 “Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía”, y porque, además, Electrocentro procederá a efectuar la devolución del IGV que se consignó en los recibos de los meses de enero, febrero y marzo del presente año.






