Centro de Arbitraje Mofima favorece con laudo arbitral a otro consorcio en contra del Gorehco

El Centro de Arbitraje Mofima, le dio la razón al Consorcio Piruro en contra del Gobierno Regional Huánuco (Gorehco), en el caso de la consultoría para la elaboración del expediente técnico del proyecto: «Instalación y mejoramiento de los servicios turísticos públicos en la zona arqueológica Piruro I y II, en el distrito de Tantamayo, provincia de Huamalíes”.

En este caso, el Gorehco procedió el 22 de marzo del 2024 a la resolución del Contrato N° 098-2018-GRH/GR, de fecha 24 de julio de 2018, bajo el argumento de incumplimiento, al haber transcurrido casi 6 años de suscrito el contrato y no entregarse el expediente técnico correspondiente.

Mofima, procedió a aceptar el arbitraje y emitir su laudo arbitral, a pesar que en el contrato suscrito entre el ente regional y el Consorcio Piruro, en la cláusula 23°: Solución de controversias, se estipula que se proponía al Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Huánuco y el Centro de Arbitraje del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE.

Consecuencia de ello, el 25 de mayo del presente año, Mofima emitió el Laudo Arbitral, mediante el cual declaró fundada la primera pretensión del Consorcio Piruro, dejando sin efecto la resolución del contrato.

En su segundo punto declaró fundada la segunda pretensión de la demanda, ordenando al Gobierno Regional Huánuco se otorgue la conformidad del contrato de servicio de la consultoría para la elaboración de expediente técnico del referido proyecto.

En relación a la tercera pretensión principal del consorcio, ordenó se le pague 18,000 soles, retenido por concepto de garantía de fiel cumplimiento.

En su cuarta pretensión del Consorcio Piruro, ordenó se le pague por concepto de daños y perjuicios por concepto de lucro cesante la suma de 18,000 soles.

En la quinta pretensión, declaró fundado en parte lo solicitado por el Consorcio Piruro, por cuanto cada parte asumirá el costo y costas del proceso arbitral, en tal sentido el Gorehco debe cumplir con cancelar a favor del demandante el 50% del costo total indicado en el acta de instalación de proceso arbitral, por 2,314.28 soles.

 

ANTECEDENTES. Como se recuerda, en todos los procesos instaurados por malos empresarios que han dejado abandonado obras o las ejecutaron pesimamente, ante el Centro de Arbitraje Mofima, como el puente Tingo María, el Anillo Vial de Jactay, Carretera Monopampa, entre los más resonantes; el resultado fue siempre el mismo: el Laudo Arbitral aplicando penalidades millonarias en contra de los intereses del Estado Peruano.

 

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