En el año 2023, el abogado Manuel Pablo Matos Tolentino, gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Amarilis, sujeta al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, no registró su asistencia durante los 12 meses del año, a pesar de estar obligado a hacerlo en forma diaria en el reloj biométrico, según el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 005-2024-2-OCI/2694-AOP, emitido por el Órgano de Control Institucional de la referida comuna.
El informe advierte que la Municipalidad Distrital de Amarilis, en su calidad de empleador no controló, ni advirtió la omisión del registro de asistencia de su gerente de Asesoría Jurídica, durante el periodo 2023, situación que habría ocasionado un perjuicio económico a la entidad por el monto de 49,069.27 soles.
Al respecto recuerda que en la Ordenanza Municipal N° 038-2016-MDA, del 27 de setiembre de 2016, aprobó el Reglamento Interno de Servidores Civiles, que regula las relaciones jurídicas laborales con los trabajadores y estableció el estricto cumplimiento para todos los funcionarios y servidores sujetos a los regímenes laborales de los Decretos Legislativos 276, 728, 1057 y Ley N° 30057.
Asimismo, desde el del 1 de diciembre de 2022, mediante Resolución de Alcaldía N° 447-2022-MDA/A, se reguló el horario de trabajo de lunes a viernes de 7:30 am a 4:00 p.m., publicado junto al reloj biométrico con detector facial de control de asistencia, con la excepción del alcalde distrital y el gerente municipal, conforme al artículo 23 del Reglamento Interno de Servidores Civiles, debiendo el resto de funcionarios y servidores incluido el gerente de Asesoría Jurídica, registrar su asistencia diaria en el sistema de control de asistencia establecido.
Consecuencia de esta situación se verificó que, Matos Tolentino, no reportó el registro de asistencia en el sistema, tampoco papeletas, y las licencias que si corresponden cuando piden permiso particular entre otros informo que no solicito a la fecha licencia alguna, a pesar del cual, en las boletas de pago de enero a diciembre de 2023, verificaron que le pagaron el íntegro de las remuneraciones por el monto total de 49,069.27 soles, pese a no contar con registro de asistencia; no existiendo en ninguna boleta de pago, descuento por inasistencia, tardanza, permiso personal, licencias u otros motivos.
Se concluye que, al no existir un reporte de registro de asistencia y permanencia dentro de su centro de labores, no se acredita que el referido funcionario haya efectivamente laborado en la Entidad por todas las horas y días que se le pagó durante el año 2023, lo que configuraría su inasistencia, debió aplicarse los descuentos correspondientes, conforme lo establecen los artículos 32° y 34° del RISC; y al no haberse efectuado de esta manera, se habría causado perjuicio a la entidad al haber pagado por servicios no prestados.
ALGO +
En el informe, el órgano de control recomienda al alcalde de Amarilis adoptar las acciones que correspondan, en el ámbito de sus competencias a fin de atender o superar el hecho con indicio de irregularidad, y de ser el caso, disponer el deslinde responsabilidades que correspondan.