Caso Laptops: el 16 de agosto se conocerá resolución sobre apelación de Juan Alvarado

Para el 16 de agosto a las 6:30 de la tarde, está programado la lectura de la resolución que emitirá los magistrados de la Sala Penal de Apelaciones sobre el recurso de apelación sustentado ayer en audiencia virtual por la defensa técnica del ex gobernador regional de Huánuco, Juan Manuel Alvarado Cornelio, quien junto a otras diez personas es investigado por la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada en agravio del Estado representado por el Gobierno Regional de Huánuco.

Luego de escuchar los argumentos del abogado Raúl Pariona Arana y del fiscal superior Jeremías Rojas Velásquez, el director de debates juez superior Ángel Gómez Vargas preguntó a sus colegas (Eloy Cupe Calcina y Wenceslao Aguirre Suárez) si tenían alguna pregunta aclaratoria y ambos dijeron que no por lo que él juez (Gómez) dijo, ‘yo si tengo peguntas para el Ministerio Público’.

“Señor fiscal en la audiencia se ha escuchado la teoría de la defensa técnica señalando que, según la imputación, el único acto que ha realizado su patrocinado es aprobar la estandarización y por eso se pregunta y dice: cómo su conducta se subsume al delito de colusión agravada si es que no habría realizado ningún acto de concertación con el representante de la empresa que fue favorecida con la compra de las laptops, según el Ministerio Público cómo se absuelve esta pregunta”, dijo el juez al dirigirse al fiscal superior.

En respuesta a la pregunta aclaratoria, el fiscal dijo: “efectivamente la imputación que formula el Ministerio Público es la celeridad inusual en la emisión de la resolución ejecutiva, pero con estos datos que hemos explayado en nuestra intervención. Desde etapas anteriores y estos fallidos tres intentos de formalizar el contrato a través del software de Perú Compras, sobre la llegada de las laptops al gobierno regional con datos irregulares que hemos resaltado señor juez, todo eso nos lleva a entender que su vinculación de Juan Alvarado está en la suscripción de la resolución ejecutiva. Claro, es él quien da la formalidad, si él hubiese puesto el caño transparente en la administración pública, ese estándar no se hubiese aprobado señor juez y no se hubiese dado ninguna compra”.

Continúa. “Entonces la pregunta es, no es de su competencia advertir los antecedentes de la estandarización del producto”, ante ello el juez superior dijo ‘le voy a cortar, porque eso, usted ha expresado durante todo el proceso de la audiencia y le hemos escuchado, la pregunta concreta, es atendiendo al cuestionamiento que está haciendo la defensa, qué fundados y graves elementos de convicción se acreditaría a los actos de concertación del ex gobernador con el empresario de Pomme Corporativo que fue favorecido como la buena pro, atendiendo que la defensa dice que el único acto que habría realizado es aprobar la estandarización”.

Ante ello, el fiscal respondió: “señor juez precisamente en la etapa de formalización de investigación preparatoria va en ese sentido, y tenemos datos indiciarios señor juez que nos permiten sostener que habido acuerdos aquí previamente. Un dato señor juez es el 27 de noviembre del 2019 ya se sabía quién era el proveedor, después tenían dos días hábiles para poder emitir la orden de compra, pero aparece el proveedor de HP hace el cuestionamiento y dice que están dirigiendo ustedes la compra de una determinada marca, señor, estos datos nos permiten entender de que el gobernador sabía, entonces a través del dato indiciario podemos sostener que al hacer el procedimiento para luego estandarizar y comprar a Pomme que, ya estaba identificado como proveedor el 27 de noviembre del 2019, no es acaso un elemento objetivo señor juez”, dijo.

Siguió. “Ahora otro dato señor, en la investigación preparatoria ha ingresado información, bueno no es competente para analizar en este caso que da solidez a la imputación, pero la imputación que refiere el abogado de la defensa si está en la formalización señor juez, pero hay que tener en cuenta el contexto de la imputación, espero haber respondido a sus interrogantes señor juez”, dijo Rojas Velásquez.

El magistrado también preguntó sobre el cuestionamiento realizado por la defesa técnica a la declaración de Edu Chávez Fernández, sobre la prueba trasladada, el cual fue considerado como un elemento fundado y grave para acreditar la obstaculización, y el fiscal no supo responder argumentando que más allá de dicha declaración, está lo declarado por Campos Soto, quien habría hecho referencia no sólo de una circunstancia sino desde diciembre del 2019 hasta el día de la allanamiento 2022, había un constante acercamiento hacia él para sostener que hablen el mismo idioma en la investigación, eso son datos que obstaculizan señor juez”.

ABOGADO. En los 32 minutos que duró la exposición del abogado, dijo que la única intervención de su patrocinado (Juan Alvarado Cornelio) en la compra de las 7995 computadoras portátiles para los profesores del nivel inicial y primario de los colegios del departamento de Huánuco, fue haber suscrito la resolución ejecutiva regional n° 897-2019 de diciembre del 2019 aprobando la estandarización.

Dijo que en el presente caso no existe fundados, graves elementos de convicción y que el juez de primera instancia de manera errónea valoró para emitir la resolución declarando fundado el requerimiento de prisión preventiva por 18 meses contra su patrocinado que injustamente tiene una orden de captura por un delito que no cometió. Pidió a los jueces superiores valorar la información proporcionada en la audiencia y en un acto de justicia revocar la orden de prisión preventiva que, según él dijo sería lo más justo para su patrocinado que tiene arraigo laboral, familiar y domiciliario. También descartó el peligro de obstaculización en la investigación por la irregular compra de las laptops.

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