El informe específico de control n° 001-2022 emitido por la Contraloría General de la República advierte sobre el otorgamiento de la bonificación extraordinaria a favor del personal administrativo y personal de confianza de la Red de Salud Huánuco, cuyas labores no se ajustan a los criterios establecidos en la normativa aplicable otorgado en el marco de la emergencia sanitaria por Covid-19.
El hecho específico presuntamente irregular es que funcionarios de la Red de Salud tramitaron, aprobaron y pagaron bonificación extraordinaria a favor de personal que realizó labores de carácter administrativo, personal que ejercía cargo de confianza y personal que no prestaron servicios efectivos de alerta y respuesta en el marco de la emergencia Covid-19 en contra de los criterios establecidos en la normativa regulada para dicho beneficio, el cual habría generado un perjuicio económico a la entidad de 368,582.49.
El servicio de control específico comprende el periodo del 1 de abril del 2020 al 31 de marzo al 2021. En los documentos que fueron proporcionados por la Red de Salud Huánuco señalaron que en el período de mayo a diciembre del 2020 funcionarios de la entidad otorgaron y se beneficiaron con la bonificación extraordinaria establecida en el Decreto de Urgencia n° 026-2020 del 15 de marzo; Decreto Supremo n° 068 del 4 de abril; Decreto de Urgencia n° 053 y Decreto Supremo n° 184 del 9 de julio del 2020.
El servicio de control específico comprende el período del 1 de abril del 2020 al 31 de marzo del 2021.
Los funcionarios de la Red de Salud pagaron en junio 6,480 soles; julio 13,680; agosto 48,240; setiembre 63,360; octubre 56,160; noviembre 58,320; diciembre 78,422.40, mayo y setiembre 43,920 soles haciendo un total de 368582.40. Tramitaron y pagaron la bonificación extraordinaria correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, octubre y noviembre del 2020 sin contar el acto resolutivo de aprobación del listado nominal de beneficiario, incumpliendo lo establecido en el artículo 5 del DS 068-2020. El listado fue emitido posteriormente en vías de regulación.
Según el informe, los encargados no cumplieron con el procedimiento para identificar al personal de salud y entregar la bonificación extraordinaria de 720 soles que estaba dirigida a los profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud de los establecimientos de segundo y tercer nivel de atención que intervienen en el diagnóstico, tratamiento y manejo de los casos sospechosos o confirmados con Covid-19 y que requieren ser atendidos por diferentes unidades productoras de salud.
Para los choferes que forman parte de los equipos de emergencia rápida, profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de salud que realizan el manejo de cadáveres en los establecimientos de salud o similares a los que integran el equipo humanitario de recojo de cadáveres; también para los profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de salud que realiza visita domiciliaria en el primer nivel de atención; personal que realiza servicio de admisión, entre otros. Con el cual transgredieron lo dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 del decreto de urgencia n° 026-2020.
Emelyn Karin Rodil Zevallos, jefa de la Unidad de Recursos Humanos de la Red de Salud Huánuco, permitió los pagos de la bonificación extraordinaria a favor del personal que realiza labor administrativa para beneficio de los demás servidores y funcionarios administrativos de la entidad con recursos del Estado, pese a tener conocimiento de la normativa. Los hechos configuran responsabilidad administrativa funcional derivada del deber incumplido, esto debido que transgredió lo dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 del decreto de urgencia n° 026-2020.
Por su parte, Iván Vicente Quispe, director ejecutivo de la Red de Salud Huánuco, quien según el informe tramitó el listado nominal de beneficiarios pese que no les correspondía esto debido que consideraron a la secretaria de la dirección ejecutiva, especialista administrativo, abogada de la unidad de recursos humanos, técnico administrativo del área de logística, técnico informático, oficina de desarrollo institucional, vigilante, coordinador de salud ocular, entre otros, sin tomar en cuenta a los verdaderos profesionales que estaban en primera línea.
Los profesionales de salud que debían ser considerados según el Decreto Legislativo son: médico cirujano, médico dentista, químico farmacéutico, obstetra, enfermero, médico veterinario, biólogo, psicólogo, nutricionista, ingeniero sanitario y asistente social que prestan servicio en el campo asistencia de la salud; laboratorio, rayos x, entre otros considerados como personal de salud, técnico y auxiliar asistencial de salud.
RECOMENDACIONES. A la Dirección Regional de Salud Huánuco, poner en conocimiento del siguiente informe de control específico a fin de que disponga el inicio de las acciones que corresponda. Al procurador público especializado en delitos de corrupción dar inicio a las acciones legales penales contra los funcionarios comprometidos en los hechos con evidencia de irregularidad del presente informe de control específico.
ALGO +
Según el informe, en junio del 2020 pagaron a 9 personas, julio 19, agosto 67, setiembre 88, octubre 78, noviembre 81, diciembre a 109, mayo y setiembre a 50 persona.