El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) reglamentó que solo formarán parte del Padrón Electoral para las consultas populares de demarcación territorial convocadas para el año 2027 aquellos ciudadanos que acrediten por lo menos dos años de residencia en el área en consulta a la fecha de la convocatoria oficial.
Mediante la Resolución N° 3411-2026-JNE, de fecha 29 de agosto de 2026, el supremo tribunal electoral fijó como hito de cómputo el 30 de abril de 2026 —fecha en que se emitió el decreto inicial— para el proceso cuya jornada de votación fue reprogramada posteriormente para el 25 de julio de 2027.
Esta norma fue incorporada como una Disposición Complementaria Transitoria al Reglamento sobre Consultas Populares en Procesos de Demarcación Territorial y notificada formalmente al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para la elaboración de los padrones correspondientes.
Según argumentó el JNE, fijar el inicio de la convocatoria como punto de corte resulta plenamente compatible con la Constitución, al constituir un parámetro objetivo, público y verificable desde una etapa temprana. Esto otorga previsibilidad a la ciudadanía, reduce barreras de acceso al derecho de participación al no exigir una antigüedad excesiva y permite que el Padrón Electoral refleje de manera más fiel la composición demográfica del territorio.
La medida incide directamente en dos procesos de consulta popular convocados para el departamento de Huánuco.
El primero de ellos, regulado por la Resolución N° 0895-2026-JNE, involucra a los centros poblados de Seccha, Tantana, Santa Rosa de Patopampa y Wariwayin, pertenecientes al distrito de La Unión, provincia de Dos de Mayo, cuyos pobladores evaluarán su posible anexión al distrito de Rondos, en la provincia de Lauricocha.
De igual manera, mediante la Resolución N° 0896-2026-JNE, se fijó el procedimiento para los centros poblados de Topa, San Pablo, Once de Octubre, Julio C. Tello, Nueva Zelandia, José Carlos Mariátegui, Antonio Mansilla, Villa Cedro, Libertad de Pampas, José Olaya y Pueblo Libre, todos ubicados en el distrito de Chaglla, provincia de Pachitea, los cuales plantean integrarse al distrito de Daniel Alomía Robles, en la provincia de Leoncio Prado.




