Presentan dos tachas contra la candidatura de Koko Giles

La Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) reportó la interposición de dos recursos de tacha contra Jesús Giles Alipázaga, candidato a la Municipalidad Provincial de Huánuco por el partido Perú Primero.

Los recursos fueron presentados por los ciudadanos Liz Katherine Arbaco Silvestre y Jimmy Reynaldo Ruiz Cisneros, luego de que la resolución de admisión de su candidatura se publicara en horas de la noche del sábado 8 de agosto.

Conforme a la normativa electoral, la presentación de tachas exige el pago de una tasa de S/ 1 375 fijada por el JNE. Ambos recursos se sustentan en el impedimento constitucional para postular derivado de una condena penal en primera instancia.

 

Primera tacha

La primera tacha fue interpuesta por Liz Katherine Arbaco Silvestre el domingo 9 de agosto a las 12:22 p.m. y publicada en la plataforma institucional el lunes 10 de agosto a las 9:18 a.m.

Arbaco fundamenta su recurso en la Sentencia N° 028-2025 (Resolución N° 38 del 5 de septiembre de 2025), emitida por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Huánuco, Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en el Expediente Judicial N° 01467-2014-18-1201-JR-PE-03. Fallo que condena a Giles Alipázaga como autor del delito contra la administración pública en la modalidad de negociación incompatible a cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida (sujeta a tres años de periodo de prueba) y dos años de inhabilitación.

La recurrente precisa que la tacha no responde a la omisión de dicho fallo en la hoja de vida, sino al impedimento constitucional expresado en el artículo 34-A de la Carta Magna y el numeral 28.2 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos.

 

Segunda tacha

El segundo recurso fue presentado por Jimmy Reynaldo Ruiz Cisneros el lunes 10 de agosto a las 3:12 p.m. ante el Jurado Electoral Especial (JEE) de Huánuco. Ruiz invoca la misma condena judicial como un impedimento legal de carácter insubsanable para ejercer el derecho al sufragio pasivo.

En su escrito, el ciudadano argumenta que, conforme a la jurisprudencia del JNE fijada en la Resolución N° 0259-2026, corresponde la exclusión definitiva del candidato, en la misma línea del pronunciamiento previo del JEE de Huánuco que declaró improcedente la inscripción inicial de Giles Alipázaga.

 

Procedimiento

Tras la recepción de las tachas, el Jurado Electoral Especial – JEE de Huánuco correrá traslado de los actuados al personero legal del partido Perú Primero, notificación que se concretará tras el cierre del periodo de tacha programado para el miércoles 12 de agosto.

El partido político contará con un plazo de dos días hábiles para presentar sus descargos, vence el jueves 13 de agosto. Posteriormente, el pleno del JEE de Huánuco evaluará los argumentos y se prevé que entre el domingo 16 y el lunes 17 de agosto emita la resolución que declare fundada o infundada la tacha contra la candidatura.

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