
Tomás Jara Ponce, en representación de la empresa Jara Contratistas E.I.R.L., denunció penalmente el 12 de junio último, ante la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios a los integrantes del comité de selección de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones (DRTC), por la presunta comisión del delito contra la administración pública (colusión simple).
Detalla que, en el caso de la licitación para la contratación del Servicio de mantenimiento rutinario de la red vial departamental no pavimentada, Ruta HU-112, Tramo: La Esperanza – Paúcar – Shismay – Parquincho Linda – Cagallán – Manzano, que une los distritos de Amarilis (Huánuco), con Molino (Pachitea), de 52 Km. de extensión, efectuado el 28 de abril de 2025, se actuó con sesgo y parcialización en favor de la empresa, que al final fue adjudicada, y se le perjudicó a su empresa de forma irregular.
Detalla que, en el proceso de evaluación, el comité de selección de la DRTC, al revisar la propuesta técnica y económica de la empresa Jara Contratistas E.I.R.L., en el anexo 4, se indicó que el plazo del servicio eran de 240 días calendario, tal como exigían las bases, y entre paréntesis se agregó 8 meses.
Lo inconcebible de este caso, es que por haber agregado las palabras 8 meses, el comité de selección lo haya calificado como incongruente, inconsistente y contradictoria, y declararon no admitida la propuesta considerándola que no cumplía con la presentación de los documentos obligatorios, lo que es contrario a la Ley de Contrataciones del Estado, que al respecto señala que los errores formales o materiales pueden ser subsanados en el proceso de evaluación, lo que no ocurrió al no haberse notificado a la empresa por parte del comité de selección.
Asimismo, en la denuncia señala que, el comité de selección de la DRTC, otorgó la buena pro al Consorcio Vial Paúcar, a pesar de no haber acreditado que el personal clave debería tener 3 años de experiencia en servicios similares, habiendo presentado documentos de experiencia en mantenimiento rutinario mecanizado, que difiere del mantenimiento manual y convencional, lo que constituye aceptación de documentación inexacta e incompatible con lo solicitado por las bases.
Finalmente indica que, este caso también fue denunciado ante la Gerencia de Control Huánuco, de la Contraloría General de la República, con fecha 5 de mayo de 2025, y se espera que esta entidad actúe de inmediato ante lo que considera una irregularidad que debe ser sancionada.