
El 29 de mayo, el alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado Quiullapampa, del distrito de Pachas, presentó el recurso de apelación contra el acuerdo del Concejo Provincial de Dos de Mayo, que declaró improcedente el pedido de suspensión del cargo del alcalde provincial por 60 días, por incumplir la transferencia de recursos económicos a las municipalidades de centros poblados conforme lo ordena la Ley de Presupuesto de la República 2024.
En los fundamentos de hecho del recurso de apelación, presentado por el alcalde de Quiullapampa, Beker Teófanes Reyes Noreña, se indica que el 25 de marzo del presente año, se presentó el pedido de suspensión del alcalde Ramiro Pujay Hipolo, la misma que fue denegada por los integrantes del Concejo Municipal Provincial de Dos de Mayo, y que el 15 de mayo le notificaron de tal decisión, a pesar de las pruebas irrefutables que presentó.
En el documento presentado solicita que se eleve el recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en el plazo de 5 días, conforme lo señala la normativa existente, y que en segunda instancia se efectúe el pronunciamiento definitivo sobre este caso.
Entre los argumentos que plantea en la apelación se encuentra el incumplimiento de las transferencias que debe cumplirse y que la Municipalidad Provincial de Dos de Mayo, se ha negado en ejecutar hasta la fecha, como se acredita con el acuerdo del Concejo Provincial del 29 de mayo de 2024, que aprobó no transferir los recursos a las municipalidades de los centros poblados, en un claro desacato a las normas legales que rigen en la actualidad.
Sobre este tema, se conoce también que hasta la fecha las municipalidades de los centros poblados de la provincia de Huánuco, reclaman el incumplimiento de las transferencias a pesar de ofrecimiento del alcalde provincial, Antonio Jara.
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Son 20 las municipalidades de centros poblados de Dos de Mayo, que se habrían sumado a la solicitud realizada a la Municipalidad Provincial de Dos de Mayo, pero no obtuvieron respuesta positiva hasta ahora.