El módulo de la Defensoría del Pueblo en Tingo María advirtió que solo 8 de las 23 municipalidades de Huánuco y San Martín, que están dentro de su jurisdicción, cuentan con regulaciones para la propaganda electoral sobre la instalación, difusión y retiro en los espacios públicos, a fin de preservar la seguridad de las personas, el ornato, la salud pública, el medio ambiente y la propiedad pública y privada; el resto no cumplen.
En mayo de este año, la sede defensorial solicitó a las municipalidades la emisión de ordenanzas municipales, en las que establecieran los lugares permitidos para la ubicación de propaganda electoral en espacios públicos, el tiempo de retiro de la misma, así como lo concerniente a la intensidad sonora de la propaganda electoral difundida mediante altoparlantes, la cual debe estar comprendida entre las 8:00 a. m. y las 8:00 p. m.
En atención a la recomendación, los municipios de Mariano Dámaso Beraún, Daniel Alomía Robles, José Crespo y Castillo, Santo Domingo de Anda, Honoria, Santa Rosa de Alto Yanajanca, Monzón en Huánuco; y Shunté en Tocache (San Martín) ya tienen ordenanzas con las normas vigentes para regular la propaganda.
Sin embargo, las municipalidades que aún no cumplen con regular ello, son: Leoncio Prado, Castillo Grande, Luyando, Hermilio Valdizán, Pueblo Nuevo, Pucayacu, Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis, Codo de Pozuzo y La Morada, en Huánuco; así como Tocache, Uchiza, Nuevo Progreso y Pólvora, en San Martín.
“Los candidatos deben respetar las normas de propaganda electoral en periodo electoral, con la finalidad de que el proceso electoral limpio y transparente, así como seguir con los protocolos de bioseguridad frente al Covid-19. Hay que recordar que están prohibidas las caravanas y todo tipo de reuniones partidarias presenciales, que conlleven a la aglomeración de personas, pues podría agravar los índices de contagios”, sostuvo Jorge Mendoza, coordinador del módulo Defensorial de Tingo María.