El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) decidió por unanimidad admitir a trámite la demanda competencial que interpuso Pedro Olaechea contra el Poder Ejecutivo por su decisión de disolver el Congreso. Sin embargo, rechazó la medida cautelar.
El tribuno Carlos Ramos fue el ponente del caso y en su informe recomendó que el recurso continúe su proceso en el interior del TC. Entre los argumentos que usó esta el principio ‘pro actione’, el que indica que en caso de duda se preferirá dar trámite al mecanismo.
Pero, la medida cautelar que buscaba dejar sin efecto la disolución del Parlamento, se declaró inadmisible con cinco votos de Carlos Ramos, Marianella Ledesma, Augusto Ferrero, Eloy Espinosa-Saldaña y Manuel Miranda. Ernesto Blume y José Luis Sardón votaron en contra de su denegatoria.
Con esta decisión se establece que las consecuencias de la disolución del Congreso continúan, así como también la convocatoria a elecciones parlamentarias programada para el 26 de enero del 2020.
La Comisión Permanente continúan con las mismas funciones, mientras el Legislativo no existe.