Con la votación de 12 regidores y del alcalde provincial Antonio Jara, el Concejo Municipal de Huánuco declaró infundado la petición de vacancia planteada por el activista Límber Rodríguez Jara, contra el primer regidor y teniente alcalde Joel Arteaga Calixto, por la causal de contratación indebida.
La sesión extraordinaria del Concejo Provincial de Huánuco inició con el mensaje de solidaridad del alcalde provincial con el peticionante de la vacancia, Límber Rodríguez, que la semana anterior sufrió agresión verbal luego de retirarse de la frustrada sesión por este mismo caso.
La sesión del Concejo Provincial se desarrolló en un ambiente de tranquilidad y debate democrático, habiéndose dado el uso de la palabra en primer lugar al solicitante de la vacancia, quien sostuvo que Joel Arteaga había incurrido en causal de vacancia, por un contrato suscrito con el Gobierno Regional (el Estado), en un servicio brindado a través de un consorcio que integró su empresa.
Además, sostuvo que, tal servicio no se brindó por parte del consorcio que integra la empresa del cual es propietario Joel Arteaga, por lo cual formuló una denuncia ante el Ministerio Público, lo que también motivaría se proceda a declararse la vacancia por parte del pleno municipal, que en caso de no hacerlo será juzgada por la población huanuqueña.
En respuesta, el abogado Ladislao Diaz Zevallos, en representación del regidor, inició su disertación con la exhibición de un video donde se visualizó las actividades desarrolladas por el consorcio que brindó el servicio de capacitación a los comités municipales de Huamalíes y Pachitea, responsables de monitorear el servicio de dotación de agua segura a la población de las áreas rurales.
Asimismo, sostuvo que el regidor no incurrió en causal de vacancia, por cuanto al estar acreditado por el Jurado Nacional de Elecciones como regidor del Concejo Provincial de Huánuco con ámbito de acción en la Municipalidad Provincial de Huánuco, puede efectuar contrataciones con otras entidades.
Luego de ello, se produjo una segunda fase de intervención del peticionante de la vacancia y del abogado defensor del regidor, incluidas las preguntas de los regidores a los abogados y al asesor legal de la Municipalidad Provincial que en su opinión legal se pronunció por declararse infundado la petición de la vacancia.
En la parte final de la sesión, el regidor Joel Arteaga dio lectura a una resolución del Jurado Nacional de Elecciones sobre una petición de vacancia de un regidor de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, que efectuó contratación con tres municipalidades de su misma provincia. La resolución del máximo ente electoral fue declarar infundado el recurso de apelación por considerar que el regidor no contrato con la misma municipalidad provincial y por ende no incurrió en causal de vacancia.
VOTACIÓN. Terminado el debate, llamaron a cada regidor para que fundamente su voto y todos coincidieron que, teniendo como jurisprudencia la resolución del Jurado Nacional de Elecciones, emitida en mayo del presente año, no correspondía la petición de la vacancia.
El regidor Joel Arteaga Calixto, se abstuvo de votar por haberse pedido la vacancia para él, a pesar que podía haber emitido su voto.
APELACIÓN. El peticionante de la vacancia, anunció que planteará su apelación, reconociendo que analizará la resolución del Jurado Nacional de Elecciones que los regidores usaron como precedente para fundamentar su voto de declarar infundado su pedido.