A siete años y seis meses del hecho, mediante sentencia número 62 dictada el 19 de abril del 2022, los magistrados del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Huánuco, resolvieron por unanimidad absolver de la acusación fiscal a Beto Palomo Justo Reyes (37), Eicler Heyer Masgo Rojas (32), Laureano Cristian Machado Sudario (36), Willy Masgo Rojas (40) y Rosmel Solano Albino Huerto (28), investigados por los delitos de disturbios en agravio del Estado y daño agravado en agravio Ananías Albino Valerio y la Dirección Regional de Educación.
En la resolución que consta de 49 páginas, los jueces explican que, pese a toda la actividad probatoria desplegada por el Ministerio Público, el fiscal a cargo del caso no pudo acreditar con nivel de certeza los hechos atribuidos a cada uno los acusados, como es la toma del local de votación, quemas de ánforas, destrucción de sillas, mesas y ventanas de la Institución Educativa de Sillapata, ocurrido el 5 de octubre del 2014 durante las elecciones regionales y municipales.
En una parte de la resolución, explica que el juzgado “está en condiciones de anunciar que si bien podría haberse encontrado acreditado los daños ocasionados a la propiedad privada como es de Ananías Albino Valerio cuyo vehículo fue quemado por la turba y daños a las instalaciones de la Institución Educativa de Sillapata, sin embargo no está demostrado en forma fehaciente la responsabilidad penal en calidad de coautores de los cinco investigados y no existe prueba suficiente para emitir una sentencia”.
También indica que, a raíz de la austera actividad probatoria desplegada por la fiscalía para acreditar la vinculación de los procesados con los delitos materia de juzgamiento, a ‘este juzgado no le resulta evidente ni menos certero la responsabilidad penal de los acusados en la comisión de los delitos de daños agravados y disturbios, por lo que la judicatura debe inclinarse por absolver a los acusados con la finalidad de evitar la emisión de un fallo injusto, dado que para condenar a un acusado es necesario tener una sólida certeza de que es culpable, porque así debe estar demostrado con las pruebas de cargo sustentadas por el fiscal’.
Asimismo, indica que el juzgado no evidencia una labor de imputación necesaria eficiente, pues pese a que les atribuye tres ilícitos penales, en calidad de coautores; no obstante, el Ministerio Público, no ha precisado de modo alguno, cual fue el rol que habrían cumplido cada uno de las cinco personas que presuntamente habrían participado en la comisión de cada uno de los tres delitos.
“En el presente caso, la responsabilidad individual no está acreditado, esto debido que no identificaron a las personas que lanzaron piedras, usaron picos, palos y troncos de madera para derribar el portón de acceso al centro educativo. Tampoco identificaron quienes ingresaron al centro de acopio derivando la puerta del aula para sacar el material electoral que fue quemado en el patio del colegio.
En conclusión, no está probado con nivel de certeza que los imputados el 5 de octubre del 2014 al tener información sobre el resultado adverso de las elecciones municipales desarrollada en la institución educativa de Sillapata hayan causado daños a la propiedad privada y pública”, dice parte de la resolución.
HECHOS. El 5 de octubre del 2014 a las 4:00 de la tarde, elecciones regionales y municipales, los pobladores al tener información a través de los personeros legales que el candidato a la alcaldía del partido político “Movimiento Luchemos por Huánuco” Bernardo Albino Masgo había ganado en las diez mesas de votación instalada en la Institución Educativa Integrada de Sillapata, distrito del mismo nombre, provincia de Dos de Mayo, optaron por desconocer dicha elección.
Pidiendo nuevas elecciones, los revoltosos voltearon y quemaron la camioneta verde de placa A7H-839 de propiedad de Ananías Albino Valerio que estaba estacionada en la plaza, luego caminaron hasta el colegio y tras violentar el portón negro ingresaron al centro de votación, donde estaba representantes del JNE, ONPE, Policía, Ministerio Público y otros a quienes a punto de golpes y empujones lograron arrebatarles las ánforas, actas y todo el material electoral para luego quemarlo en el patio del colegio.
Asimismo, las autoridades que estaban al interior de la IE fueron obligadas a firmar un acta de anulación de las elecciones, ante la amenaza de ser quemados vivos, esta revuelta fue liderada según la fiscalía por el gobernador de Sillapata, David Fabián Lavado. Casi a las 3:00 de la mañana, un contingente policial y del Ejército llegó al lugar para rescatar a las autoridades que estaban retenidas en el segundo piso del colegio.
ALGO +
Durante el juicio oral acudieron a declarar en calidad de testigos 27 personas esto ocurrió desde el 10 de noviembre del 2021 hasta 9 de febrero del 2022, pero ninguno habría dato detalles claros para identificar a los revoltosos.