La Municipalidad Provincial de Leoncio Prado se comprometió a difundir el contenido de la Ordenanza Municipal n° 19-2018-MPLP, que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de la propaganda electoral en la jurisdicción, acogiendo la recomendación del módulo de la Defensoría del Pueblo en Tingo María, que detectó la colocación de propaganda electoral en zonas prohibidas.
Defensoría supervisó en días pasados diversas calles y avenidas del distrito de Rupa Rupa – Leoncio Prado y detectó que candidatas y candidatos al Congreso de la República colocaron banderolas y carteles en bienes de dominio y uso público prohibidos. En vista de ello, pidió a la comuna que disponga la verificación y el retiro de la propaganda electoral indebida que se encuentre en el distrito y que supervise que esta cumpla con las disposiciones, restricciones y prohibiciones respecto de su ubicación y difusión, según las regulaciones de la normatividad vigente.
Para analizar dicha situación y con la finalidad de garantizar el buen desarrollo del proceso electoral, el módulo de la Defensoría del Pueblo en Tingo María organizó la primera reunión interinstitucional de las diversas entidades involucradas en el proceso de las elecciones generales 2021. En la cita, la institución dio a conocer los casos de propaganda electoral prohibida que fueron detectados en la jurisdicción y puestos en conocimiento de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado. En tanto, las autoridades del Jurado Electoral Especial de leonci Prado expusieron los alcances de la normativa de propaganda electoral.
A su turno, los representantes de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado señalaron que ya han notificado a los partidos políticos sobre las propagandas electorales prohibidas y se comprometieron a difundir en sus redes sociales el contenido de la ordenanza municipal que establece las normas para la propaganda electoral en el periodo electoral, a fin de llevar a cabo un proceso electoral limpio y unas elecciones transparentes.
De acuerdo a la referida ordenanza municipal, se prohíbe la colocación de propaganda electoral en las avenidas Bandera, Alameda Perú (entre las cuadras 1 y 7), Raymondi, Enrique Pimentel, 28 de julio, Amazonas y el jirón Julio Burga (entre la cuadra 2 y la avenida Amazonas). Asimismo, en todas las plazas y los parques que se encuentren ubicados en la zona urbana y de ampliación urbana de la ciudad de Tingo María, en las áreas de interés histórico y monumental y, en general, en el mobiliario urbano o predios de servicios públicos del distrito de Rupa Rupa.