Movimientos regionales de Huánuco necesitan 20,022 firmas para inscribirse

En la edición de ayer del diario oficial El Peruano fue publicado la Resolución N° 0051-2024-JNE, emitido por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que establece el número mínimo de adherentes que se requiere como requisito para la inscripción de partidos políticos y de movimientos regionales -de alcance regional o departamental- ante el Registro de Organizaciones Políticas, informó el abogado Gustavo Rosado Martel, jefe de la Oficina Desconcentrada Huánuco del JNE.

Conforme a la referida norma que entra en vigencia, los Movimientos Regionales que soliciten su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas deberán adjuntar la relación de adherentes en número no menor al 5% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional del 11 de abril de 2021, dentro de la circunscripción en la que el movimiento regional desarrolle sus actividades.

En la misma resolución se señala que, en el departamento de Huánuco, en las Elecciones Generales 2021 – Elecciones Congresales del 11 de abril de 2021, se contó con 400,427 electores que votaron, motivo por el cual en aplicación del 5%, se tiene que los movimientos regionales que soliciten su inscripción deberán presentar 20,022 firmas de adherentes. Se especifica que, en la relación de adherentes se presenta con la firma y el número del Documento Nacional de Identidad (DNI).

En el reglamento advierten que los movimientos regionales cuentan con un plazo de dos años, contados a partir de la adquisición de formularios, para la recolección de firmas de adherentes y la presentación de la solicitud de inscripción ante el Jurado Nacional de Elecciones. La responsabilidad penal por fraude en la recolección de firmas de adherentes recae sobre el responsable que el estatuto de la organización política determine, así como en el responsable de la hoja de adherentes.

Asimismo, dio a conocer que a partir de la fecha hay modificaciones en lo referente a la renuncia a la militancia de un partido o movimiento político, por lo cual los ciudadanos deben tener presente que deberán acercarse a la Oficina Desconcentrada del Jurado Nacional de Elecciones, donde deberá presentar su solicitud previa verificación de su firma por parte del fedatario del JNE de la referida Oficina.

En caso, no pudiese apersonarse a la Oficina del JNE, deberá presentar su firma certificada en la Mesa de Partes Virtual con la firma electrónica.

Los partidos políticos nacionales deben tener presente que fueron 17’713,716 los ciudadanos que votaron el 11 de abril de 2021, y aplicándose el 3%, se requerirá 531,412 electores.

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29.02.2024