La sentencia dictada contra Luis Picón es la segunda condena suspendida por corrupción

Es la segunda sentencia por corrupción contra el ex presidente del Gobierno Regional de Huánuco (GRH), Luis Raúl Picón Quedo, quien junto a otras cuatro personas fue hallado culpable del delito de negociación incompatible en agravio del Estado representado por el GRH por lo que fue condenado a cuatro años de pena suspendida.

La lectura del fallo judicial fue transmitida por el canal de Justicia del Poder Judicial, donde el magistrado Luis Pasquel Paredes del Cuarto Juzgado Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huánuco, indicó que el caso presentado por el Ministerio Público gira entorno a la convocatoria a un proceso de contratación sin tener la certificación presupuestaria.

Antes de leer la pena para cada uno de los acusados, el magistrado explicó sobre los medios probatorios ‘en octubre del 2014 el proyecto instalación de los servicios educativos en la IEI n° 621 del poblado San Juan del Porvenir, distrito de José Crespo Castillo en la provincia de Leoncio Prado el valor referencial oscilaba en 1’822,559.74, sin embargo, según ha expresado el Ministerio Público no contaba con disponibilidad tal como se advierte del PIN 2014 existía la suma de 51489 soles’, dijo.

Indicó que más allá de las posiciones de cada uno de los acusados, existió un interés de los protagonistas del evento a excepción de algunos. Hizo referencia al formato n° 1 que presentaron en el juicio oral con el cual trataron de justificar el proceso de contratación.

Al referirse al acusado Rubén Vidal Vargas Demetrio dijo que no obra en ningún documento presentado por la fiscalía que haya sido designado como miembro del comité especial, pero si aparece presidiendo. “La actuación del señor Rubén Vargas no ha tenido esa calidad de miembro del comité especial designado formalmente, pero el Ministerio Público en su razonamiento de acusación indica que eso no importaría por tanto fue consignado como autor”, indicó.

Explicó que debería ser absuelto sin perjuicio de recurrir en la reparación civil, y con relación al acusado César Augusto Cabrera Trujillo, dijo que, pese a no negarse la complicidad en el delito de negociación incompatible, también debe ser absuelto.

Al referirse a los acusados Luis Picón, Rogelino Guzmán Jiménez, Genaro Pastor Orihuela Mercado, José Pinto Jara y Jaime Dimas Céspedes Roldan, dijo que si existe responsabilidad penal por la línea de secuencias de actos que implica el inicio del interés indebido en la emisión de la resolución ejecutiva regional 2434 que aprueba la décima del plan anual de contrataciones, donde estaba varias obras, incluyendo el de la IEI de San Juan del Porvenir.

FISCAL. Asimismo, el magistrado ordenó comunicar al órgano de control del Ministerio Público para el inicio de las investigaciones disciplinarias contra el fiscal Marco Espíritu Matos, quien dividió la denuncia primigenia que constaba de 27 obras por el valor de más de 100 millones de soles a casos independientes con montos inferiores, por lo que los hechos perdieron connotación penal en algunos, esto debido que el 80% de los casos están archivadas.

ALGO +

Recordemos que la primera sentencia contra Picón Quedo fue dictada en noviembre del 2023 por el caso de las ambulancias. La lectura completa del último fallo está programada para el 14 de junio.

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