El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó la resolución que establece la prohibición de la reelección inmediata de los congresistas actuales y del Parlamento disuelto, con miras a los comicios generales del 2021.
Según la Resolución 0352-2020-JNE, este impedimento se da en razón de la prohibición de reelección inmediata establecida por el artículo 90-A de la Constitución Política.
Dicho artículo, introducido mediante la Reforma Constitucional 30906, advierte que los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo periodo de manera inmediata.
La prohibición de reelección comprende a los congresistas elegidos en el 2016 y que volvieron a ser elegidos en los comicios congresales extraordinarios de enero del 2020.
Asimismo, alcanza a los ciudadanos que formaron parte del Congreso disuelto y que no participaron en los comicios congresales del 2020 o que intervinieron y no fueron elegidos.
En todos los casos, la prohibición rige también para los legisladores desaforados y sus respectivos accesitarios, a los que fueron suspendidos y a quienes reemplazaron a fallecidos.
Las elecciones parlamentarias 2020 no fueron para un nuevo período constitucional, sino para completar el período 2016-2021 del Congreso disuelto en setiembre del 2019; por tanto, precisó el JNE, rige la referida prohibición de reelección inmediata.
Los comicios generales del 2021 se celebrarán el 11 de abril.