Gobierno pone fin al periodo de suspensión perfecta de labores

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El Gobierno del presidente Pedro Castillo dispuso, mediante el Decreto de Urgencia nº 087-2021, poner fin al periodo de suspensión perfecta de labores. Solo regirá hasta el próximo 2 de octubre.

La norma publicada en El Peruano, modifica el Decreto de Urgencia 038-2020, que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el covid-19. La norma modifica el artículo 3 del Decreto de Urgencia 038-2020, quedando de la siguiente manera: “Las medidas adoptadas (suspensión perfecta) al amparo del presente artículo regirán hasta el 2 de octubre del 2021”.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que hasta el 31 de marzo de este año se realizaron más de 41,000 solicitudes de suspensión perfecta de labores, de las cuales unas 32,000 empresas sí pudieron hacerla efectiva, lo que implica a 303,194 trabajadores suspendidos.

La suspensión perfecta de labores, una medida cuestionada por proteger a las grandes empresas en desmedro de los trabajadores (y aún habiendo recibido Reactiva Perú), produjo en tan solo en su primera semana de abril que 7.124 empresas solicitaran suspender a 84.345 trabajadores. De este total, en abril del 2020 más de 60.000 eran de microempresas, es decir el 76% del total; mientras 44.000 pertenecían a las compañías de gran tamaño.

En su momento, la exministra de Trabajo, Sylvia, Cáceres, dijo que la “suspensión perfecta no puede ser vista como la primera decisión a tomarse, sino como una excepcional, y que la licencia sin goce de haber puede adoptarse en un marco de claridad, comunicándoles a los trabajadores sobre la situación delicada”.

En abril de este 2021, la medida había sido ampliada hasta el próximo 2 de octubre por el gobierno del expresidente Francisco Sagasti. Incluso se anunció un subsidio de S/ 760 a los trabajadores afectados. Solo hasta diciembre del 2020 se estimó que más de 52.000 trabajadores habían sido beneficiados con dicho subsidio.

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