
El Poder Ejecutivo presentó al Congreso el proyecto de ley que modifica el Código Penal para fortalecer la prevención y sanción de delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, que incluye la castración química para violadores.
El proyecto de ley 1761 considera la modificación de los artículos 170, 171, 172 174, 175 y 368 del Código Penal.
Plantea que el juez o la jueza imponga como pena accesoria el tratamiento médico especializado (castración química) para la reducción de la libido sexual del condenado, el cual será ejecutado una vez cumplido su tiempo en prisión.
El juez o jueza solicitará anualmente el informe de una junta médica con la evaluación física y mental del condenado con la finalidad de que el órgano jurisdiccional evalúe la continuidad de la aplicación de la medida.
La medida aplica para casos de violación sexual, violación de persona en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir, violación de persona en incapacidad de dar su libre consentimiento, violación de persona bajo autoridad o vigilancia y violación sexual mediante engaño.
La desobediencia o resistencia a esta pena accesoria serán reprimidas con pena privativa de la libertad no menor de cinco años ni mayor de ocho años.
Los ministerios de Justicia y Derechos Humanos, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de Salud, y de Economía y Finanzas se encargarán de la reglamentación de la ley en un plazo de 90 días contados a partir de su vigencia.
El proyecto fue enviado al Congreso junto a una carta firmada por el presidente Pedro Castillo, y el jefe del Gabinete Ministerial, Aníbal Torres, dirigida a la titular del Parlamento, María del Carmen Alva.