Designación de funcionarios en Educación, Transportes y hospital tambien fue observado

Las instituciones públicas de Huánuco incumplen reiteradamente lo dispuesto por Ley N° 31419 “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción” y su correspondiente Reglamento, es lo que se puede apreciar de los informes de control realizados a tres instituciones públicas como son el Hospital Regional Hermilio Valdizán, la Dirección Regional de Educación y la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.

El detalle de lo que denomina Contraloría General de la República como situaciones adversas, son las siguientes:

 Hospital Hermilio Valdizán

En el Informe N° 008-2023-OCI/4764-SVC, del 26 de julio, se identifica lo siguiente:

Designaron funcionarios en cargos de confianza, sin el cumplimiento de requisitos mínimos que lo sustenten, afectando la designación idónea y legal para el ejercicio de la función pública.

No se ha verificado que la revisión de la información contenida en registros y plataformas para la verificación de impedimentos del acceso a la función pública, tampoco se advierte que se han presentado las declaraciones juradas de no tener impedimentos, lo que afecta la continuidad del correcto proceso de designación y remoción de dichos directivos.

 Dirección de Educación

En el Informe N° 019-2023-OCI/0702-SVC, del 26 de julio, señala:

Se carecen de instrumentos de gestión actualizados, lo que contraviene lo establecido la Ley N° 31419 y el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que afecta el inicio del procedimiento de vinculación, así como garantizarse la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública.

Cumplieron parcialmente con la verificación de impedimentos para el acceso a la función pública, lo que contraviene lo establecido, que afecta el procedimiento de vinculación y  se garantice la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública.

 Dirección de Transportes

En el Informe N° 020-2023-OCI/5339-SVC, indica:

Designaron funcionarios públicos de libre designación y remoción sin contar con los cargos clasificados como de confianza o de libre designación y remoción, poniendo en riesgo los actos administrativos y, por ende, el correcto funcionamiento de la entidad.

No se acreditó la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en la normativa legal aplicable para el acceso a la función pública, que afecta la continuidad del correcto proceso.

No se comprobó que se haya revisado la información contenida en registros y plataformas para la verificación de impedimentos para el acceso a la función pública, asimismo, no se advierte la presentación de declaraciones juradas de no tener impedimentos, situación que puede afectar la continuidad del correcto proceso.

No se formuló ni adecuó sus instrumentos de gestión en el marco del sistema administrativo de gestión de recursos humanos, situación que podría afectar el cumplimiento de metas, objetivos institucionales y la legalidad de las actuaciones administrativas.

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