Este lunes 28 de setiembre comienza a regir las restricciones electorales en todo el territorio nacional, con el fin de asegurar el correcto desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales que se realizarán el próximo domingo 4 de octubre, recuerda el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
De ese modo, desde las 00:00 horas del lunes 28 quedará prohibida la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme al artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). En caso de incumplimiento, el infractor será sancionado con una multa entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente entre 55 mil y 550 mil soles.
Asimismo, desde dos días antes del día señalado para las elecciones (es decir, desde las 00:00 horas del viernes 2 de octubre) no pueden efectuarse reuniones o manifestaciones públicas de carácter político, según establece el artículo 190 de la LOE. Su infracción se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años (artículo 388 LOE).
La propagada política de cualquier clase y por cualquier medio, en tanto, queda suspendida desde 24 horas antes de la elección (00:00 horas del sábado 3 de octubre). Su incumplimiento implica una pena de prisión no menor de dos años.
De otro lado, desde las 8:00 horas del sábado 3 hasta las 8:00 del lunes 5 de octubre no está permitido el expendio de bebidas alcohólicas de ninguna clase y se cierran los establecimientos o espacios dedicados exclusivamente a dicho expendio (artículo 351 de la LOE, conocido como “ley seca”).
El incumplimiento de dicha restricción se sanciona con cárcel no mayor de seis meses y multa no menor del diez por ciento del ingreso mínimo vital multiplicado por treinta días de multa (S/ 3 390 soles) (Art. 390 LOE)
El día de la elección (4 de octubre), entre las 07:00 y 17:00 horas, no están permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de votación. Durante esas horas tampoco se pueden efectuar espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados, ni funciones teatrales o cinematográficas ni reuniones públicas de ninguna clase.
Las sanciones por los incumplimientos de estas y otras disposiciones están establecidas en el Título XVI de la LOE, sobre delitos, sanciones y procedimientos judiciales.
El JNE, a través de sus fiscalizadores, realizará operativos en todas las regiones del país con el fin de hacer cumplir la normativa electoral y garantizar que la votación transcurra con normalidad.




