El Jurado Electoral Especial (JEE) de Huánuco emitió recientes pronunciamientos que reconfiguran el panorama electoral en la región, declarando fundada la tacha interpuesta contra Isaías Maíz Garay, candidato a la alcaldía distrital de Churubamba por el partido País para Todos, y desestimando, por otro lado, el recurso presentado contra Delia Verde Ponce, aspirante a regidora del distrito de San Pablo de Pillao por la agrupación Perú Primero.
Tacha infundada
En el caso de Delia Verde Ponce, candidata al cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de San Pablo de Pillao, por el partido Perú Primero declaró infundada la tacha interpuesta por Consuelo Samara Ruiz Oroche, quien argumentó que la candidata solicitó que la licencia sea efectiva a partir del 03 de septiembre de 2026, cuando correspondía que lo solicite a partir del 4 de setiembre.
Al respecto, el Jurado Especial Huánuco, señaló que, la finalidad del requisito previsto en el literal e) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley de Elecciones Municipales consiste en garantizar la neutralidad de los funcionarios públicos durante el período previo al proceso electoral, evitando que estos continúen ejerciendo el cargo o utilizando recursos públicos mientras participan como candidatos.
Por lo tanto, el plazo de 30 días constituye un mínimo legal de separación del cargo, y que lejos de evidenciarse un incumplimiento del requisito legal, se advierte que la candidata dejará de ejercer el cargo desde el 4 de septiembre al 4 de octubre de 2026, lapso que la normativa pretende salvaguardar para garantizar la igualdad entre los participantes y la neutralidad de la función pública; por lo cual no se evidencia afectación a la normativa electoral.
Tacha fundada
Por otro lado, mediante la Resolución N° 00552-2026-JEE-HNCO/JNE, el JEE Huánuco detalla que, el candidato a la alcaldía de Churubamba, Isaías Maíz Garay, señala en su Declaración Jurada que presentó adjunto a su solicitud de inscripción que no tiene sentencias por declarar.
Sin embargo, la ciudadana Aiti Staith Jauregui Ambicho, que presentó la tacha, manifestó que el referido candidato realizó una declaración falsa al consignar no tener sentencia penal, cuando recae sobre él una fallo condenatorio según el Expediente Judicial N° 01249-2016-21-JR-PE-04, por el delito Contra la Administración de Justicia en la modalidad de Negociación Incompatible, en agravio del Estado – Municipalidad Distrital de Churubamba.
Ante ello, el área de Fiscalización de Hoja de Vida del JEE Huánuco, mediante el Informe N° 00002-2026-REF-JEEHUANUCO-ERM2026/JNE, concluyó que Isaías Maíz Garay, candidato para alcalde de Churubamba, omitió información en el Rubro V – Relación de Sentencias condenatorias firmes impuestas por delitos dolosos y que incluye sentencias con reserva del fallo condenatorio, según lo estipulado en el numeral 23.5 del artículo 23 de la LOP.
Por lo tanto, el organismo electoral declaró fundada la tacha presentada y se dispone la exclusión del candidato Isaías Maíz Garay del proceso electoral de Elecciones Municipales 2026.
ALGO +
Un total de 70 informes de fiscalización elaborados por personal de los Jurados Electorales Especiales (JEE) solicitan la exclusión de candidatos en la región por haber incumplido con la obligación de declarar en sus hojas de vida sentencias judiciales firmes, procesos en curso o la propiedad de bienes.




