La Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, declaró infundado el pedido de sustracción de la materia formulada por el procurador de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) y confirmó la sentencia de Acción Popular interpuesta por el ex rector transitorio de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, David Maquera Lupaca y el secretario Juan Estela y Nalvarte, respecto a la validez y vigencia del estatuto universitario.
El fallo notificado el 5 de diciembre por la Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco -a donde fue devuelto- confirma la sentencia apelada del 26 de octubre 2015, “en cuanto declaró infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar pasiva, y fundada la demanda de acción popular interpuesta por David Alcides Maquera Lupaca y Juan Estela y Nalvarte , contra la Asamblea Estatutaria de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán”.
En el caso, los demandados son la Asamblea Estatutaria de la Unheval repersnetado por Abner Fosneca Livia y Nancy Veramendi Villavicencios.
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El fallo permite que Maquera recobre vigencia y se retrotraería todo lo actuado hasta julio del 2015, ya que el estatuto aprobado por su grupo estaría de acuerdo a ley, lo que significa que todo lo actuado por la Sunedu sería nulo y retomaría el cargo.